DecretoVigente
Decreto 1987 de 1998
por medio del cual se adopta una disposición sobre comisiones al exterior.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Comisiones Al Exterior Que Deba Cumplir El Presidente De La Empresa Nacional De Telecomunicaciones -Telecom-, Serán Conferidas Mediante Resolución Motivada Suscrita Por El Ministro De Comunicaciones, Sin Que Se Requiera De Ninguna Aprobación O Autorización Previa Por Parte De Su Junta Directiva2El Presidente De La Empresa Deberá Informar A La Junta Directiva De Las Comisiones Que Le Sean Conferidas, En La Sesión Siguiente A La Fecha De La Comisión3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03