en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Ministerio de Agricultura para la vigencia de 1967, en el Capítulo 0452, programa 370, artículo 4549, se apropiaron $ 2.474.972 para el "Proyecto Fondo Especial Naciones Unidas para Desarrollo Pesca Marítima", que por error tipográfico aparece para "Proyecto Fondo Especial Nacional - Unidad para Desarrollo Pesca Marítima"
Considerando · 2 motivos
Que en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Ministerio de Agricultura para la vigencia de 1967, en el Capítulo 0452, programa 370, artículo 4549, se apropiaron $ 2.474.972 para el "Proyecto Fondo Especial Naciones Unidas para Desarrollo Pesca Marítima", que por error tipográfico aparece para "Proyecto Fondo Especial Nacional - Unidad para Desarrollo Pesca Marítima";
Que la Dirección Nacional del Presupuesto ha estudiado y encontrado ceñida a las disposiciones legales, la solicitud de aclaración de la leyenda de la apropiación antes dicha, formulada por la Comisión Cuarta Constitucional Permanente de la honorable Cámara de Representantes;
Artículo 1Hacer La Siguiente Aclaración A Una Leyenda Del Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1967, Así: Presupuesto De Funcionamiento
° Hacer la siguiente aclaración a una leyenda del Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1967, así: Presupuesto de Funcionamiento. MINISTERIO DE AGRICULTURA CAPITULO 0452 Rama Técnica. Programa 370. Conservación de Recursos Naturales Transferencias. Artículo 4549. La leyenda correcta es: "Proyecto Fondo Especial Naciones Unidas para Desarrollo Pesca Marítima"
Artículo 2El Presente Decreto, Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto, rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.