El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 12586Del Presupuesto Nacional Vigente, Para Útiles De Escritorio De Institutos De Investigaciones Científicas Y Artísticas, Se Distribuye Así: Academia Colombiana De Jurisprudencia $ 3
Artículo primero . La partida apropiada en el Capítulo 1219 artículo 12586 del Presupuesto Nacional vigente, para útiles de escritorio de institutos de investigaciones científicas y artísticas, se distribuye así: Academia Colombiana de Jurisprudencia $ 3.000.00 Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales. 1.500.00 Sociedad Geográfica de Colombia 1.500.00 Total $ 6.000.00
Artículo 2
Artículo segundo. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional