Artículo 1En Los Juicios Por Fraude Á Las Rentas Reorganizadas Se Abstendrán Los Jueces De Rentas Y Tenientes Políticos De Dar Participación Al Ministerio Público
°. En los juicios por fraude á las Rentas reorganizadas se abstendrán los Jueces de Rentas y Tenientes Políticos de dar participación al Ministerio Público.
Artículo 2Quedan Estos Términos Reformados Los Artículos 87, 88 Y 92 Del Decreto Número 339 De 1905
°. Quedan estos términos reformados los artículos 87, 88 y 92 del Decreto número 339 de 1905.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Tesoro