Artículo 1
Refórmase el Decreto número 1782, de 29 de diciembre de 1923, sobre traslación de partidas de unos artículos del Presupuesto de Guerra a otros del mismo, en el sentido de que la suma de cinco mil pesos ($ 5,000) que se tomó del capítulo 41, artículo 398 (personal del Ejército), se reemplace por la misma cantidad, la cual se tomará del capítulo 45, artículo 432 (personal y material del cañonero Hércules).
Artículo 398(Personal Del Ejército), Se Reemplace Por La Misma Cantidad, La Cual Se Tomará Del Capítulo 45, Artículo 432 (Personal Y Material Del Cañonero Hércules )
Artículo único. Refórmase el Decreto número 1782, de 29 de diciembre de 1923, sobre traslación de partidas de unos artículos del Presupuesto de Guerra a otros del mismo, en el sentido de que la suma de cinco mil pesos ($ 5,000) que se tomó del capítulo 41, artículo 398 (personal del Ejército), se reemplace por la misma cantidad, la cual se tomará del capítulo 45, artículo 432 (personal y material del cañonero Hércules ).