Artículo 1
Artículo único . El precio de la sal en el Almacén oficial de San José será en lo sucesivo el de $ 1 cada 12 ½ kilogramos. Que la en estos términos reformado el Decreto número 700 citado
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Subsecretario del Ministerio de Hacienda, encargado del Despacho
Justiniano Cañonencargado