Micelio

decreto 10067 de 1980

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Artículo 1

° y su

Parágrafo

ratifícalo dispuesto en la Circular número 308 de septiembre 25 de 1978 que establece la reserva mínima del 5% del valor de la nómina de cada Servicio Seccional de Salud con destino al rubro de Bienestar Social; Que la Circular número 098 de agosto de 1979 ofrece pautas pira él cháñelo del presupuesto asignado al programa, de Bienestar Social en cada uno de los Servicios Seccionales de Salud, y Qué con todos en la investigación realizada mediante encuesta al personal de los Servicios Seccionales de Salud, se ha establecido la escala de prioridad de necesidades, de Bienestar Social, resuelve:

Artículo 1

Artículo primero. De las prioridades Los comité dé Bienestar Social de los Servicios Seccionales de Salud; al programar sus actividades, deben tener en cuenta, a la escala de prioridad dé necesidades resultantes dé la tabulación de información obtenida a través de encuestas, así: 1° Salud. 2° Educación. 3° Servicios Asistenciales (Calamidad domestica). 4° Recreación. 5° Vivienda. 6° Ambiente laboral.

Artículo 5De La Presente Resolución

° de la presente Resolución.

Artículo 2

Artículo segundo. Del manejo de fondos. Los servicios Seccionales de Salud deben abrir una cuenta bancaria con el dinero asignado, al programa de Bienestar Social que se manejará como las demás cuentas bancarías de la institución.

Parágrafo 1

Sin embargo, los Servicios Seccionales de Salud que consideren más ágil el manejo de los decretos de Bienestar Social siguiendo el mismo procedimiento que utilizan para manejar otros fondos de la Institución, pueden conservar este mecanismo

Parágrafo 2

En los Servicios Seccionales de Salud que se considere conveniente autorizar a un miembro del Comité de Bienestar Social para manejo de los fondos, podrá n hacerlo. En esté caso el funcionario escogido Sebe recibir por escrito esta autorización de la cual quedará constancia en el Acta de la reunión en que se apruebe, así como constituir la correspondiente fianza de manejo y

Parágrafo 3

Los recursos asignados a Bienestar Social no. podrán ser entregados para su manejo a personas o entidades sujetas al Servicio Sectorial dé Salud.

Artículo 3

Artículo tercero. De la decisión de gastos: Las decisiones sobre los gastos de Bienestar. Social deben ser estudiadas, acordadas y aprobadas conjuntamente por los miembros; del Comité de Bienestar Social y deben responder a una programación de actividades con base en la prioridad de necesidades detectadas. Cualquier decisión que tome el Comité debe quedar consignada en el Acta de la respectiva reunión e n que se aprueba.

Artículo 4

Artículo cuarto, Del presupuesto. El Comité de .Bienestar Social dé cada servicio Seccional dé Salud, deberá él

Artículo 68

articulo 68 el mes de septiembre con; profesionales dé universidades costas para la vigencia dé año siguiente y enviar copia del mismo a la sección de Bienestar Social sectorial del Ministerio DE Salud.

Artículo 5

Artículo quinto. De la autorización de fastos. Respetando la escala de prioridades de necesidades, detectada, a través de mecanismos dé investigación al Profesional del Servició; los Comités de Bienestar Social de los Servicios Seccionales de Salud deben tener en cuenta los gastos que se autorizan por la presente Resolución, al elaborar la programación respectiva

Parágrafo

Se entiende como gastos no autorizados los que se relacionan en los aportes correspondientes del

Artículo 5

articulo 5° dé esta Resolución así como otros que no aparecen relacionados dentro del campo de gastos autorizados en el mismo artículo. 1° Salud . Gastos autorizados: Los ocasionados por concepto de; atención en salud a los familiares de los empleados con dependencia económica de los mismos. Para la prestación de estos servicios pueden utilizarse las siguientes alternativas

a)

Montaje de consultorio médico y odontológico y servicios médicos y odontológicos complementarios.

b)

Convenios con hospitales organizaciones médicas y grupos seguros de salud, para la prestación de servicios:

c)

Contratos con profesionales médicos y odontólogos, para la profesión de servicios.

d)

Convenios contratos con laboratorios clínicos y de rayos X. Nota: Se entienda la atención en salud a los familiares de los empleados como servicios en: Consulta médica general y especializada. Consulta y tratamiento odontológico general y especializado. Exámenes y tratamientos clínicos. Laboratorio clínico. Rayos X. Hospitalización. Cirugía. Drogas: Gastos no autorizados: a) Los ocasionados por conceptos de atención en salud a los empleados en consideración a que este personal está amparado por una entidad de Previsión Social. b) Los ocasionados por cirugía estética a familiares, dé los empleados, cuando en concepto médico no sean absoluta indispensables para la salud integral de los mismos. 2° Educación. Gastos autorizados. Los ocasionados por educación de los empleados en Primaria, Bachillerato y Universidad, mediante becas o auxilios educativos, debidamente, reglamentados. b) Los ocasionados por educación de los hijos de los empleados en Primaria, Bachillerato y Universidad, mediante becas o auxilios educativos, debidamente reglamentados. c) Los ocasionados por cursos de capacitación y de Adiestramiento para los empleados y sus familiares en línea directa de parentesco, tales como: Secretariado. Mecánica. : Artesanías. Industrias menores. , Nota: Para este tipo de capacitación técnica y dé adiestramiento deben utilizarse los recursos estatales como el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, en dónde existan sus Regionales. Gastos no autorizados: Los ocasionados para cubrir estudios regularmente financiados por los Servicios Seccionales de Salud o por el Ministerio de Salud, ejemplos: Magister en Salud Pública. Cursos a nivel Postgrado en áreas médicas y paramédicas. Cursos para Auxiliares de Enfermería 3° Servicios asistenciales. Gastos autorizados: a) Ayuda financiera, para la creación de Fondos de empleados y/o Cooperativas teniendo en cuenta que a través de estos Organismos se ofrecen muchos servicios asistenciales a los empleados y a sus familiares mediante préstamos para: Vivienda. Cuota inicial para vivienda. Compra de lote para el mismo fin. Reparaciones locativas. Calamidad doméstica. Establecida su causa y determinando el tipo de calamidad Vacaciones. Para facilitara los empleados el disfrute familiar de las mismas. Vehículos: Para, facilitara los empleados la, adquisición o financiación de los mismos para su uso particular. Electrodoméstico . Igualmente para facilitará los empleados la adquisición de los mismos Nota: Se estima importante el fomentar la creación de estos organismos en consideración a sus políticas y sistema de a horro y crédito. b) Afiliación, total o parcial, de los empleados de Servicio Seccional de Salud, a la Promotora de Vacaciones y Recreación Social Prosocial , con mira a facilitarles el económico disfrute familiar de sus vacaciones y el qué puedan hacer uso a los sistemas de crédito que tiene establecidos Prosocial, para sus afiliados. Nota: Es potestativo de los Comités de Bienestar Social de los Servicios Seccionales de Salud el determinar el porcentaje de colaboración para, la afiliación de los empleados a Prosocial; buscando en todo caso la mayor utilización de los servicios vacacionales que presta esta entidad. Gastos no autorizados: a) Incremento, a costa á el presupuestó de Bienestar social, de los Subsidios para los empleados; que estén establecidos o que se establece en los Servicios Seccionales de Salud, tales como: Subsidio familiar. Subsidio de transporte. Subsidio de alimentación. Subsidio de clima. Otros. b) Mejoramiento dé viáticos dé los empleados de los Servicios Seccionales de Salud con fondos del rubro de Bienestar Social. 4° Recreación. Gastos autorizados: a) Deportes: Adquisición de uniformes y elementos deportivos. Pago de instructores o entrenadores deportivos. Desplazamiento de equipos deportivos a nivel local, departamental y nacional, qué viajen en representación del Servicio Seccional de Salud a participar en justas deportivas. Costos de inscripción en competencias deportivas. b) Culturales: Adquisición de vestuario para grupos de danzas, coros y conjuntos musicales y de vestuario, elementos y utilería para grupos de teatro. Pago de profesores e instructoras para cualquiera de las modalidades artístico culturales relacionadas en literal anterior. Desplazamiento de los grupos de danzas, coros, conjuntos musicales y teatro qué viajen en representación del Servicio Seccional de Salud a participar en encuentros Artístico culturales, a nivel, local, departamental y nacional. Costos de inscripción a los citados encuentros, si fuere el caso. Pago de alquiler de películas culturales para su proyección a los empleados y sus familiares. Pago de honorarios a conferencistas que diserten sobre temas familiares, educativos y culturales, para los empleados y sus familiares. c) Recreativas: Adquisición de mesas de ping-pong, y sus implementos así como de juegos de salón cuando pueda disponerse de una sala de recreación o de un sitio adecuado para su instalación, para el disfrute de los empleados, en horas no laborables. Adquisición de terrenos para la construcción y dotación de sedes culturales y deportivas, con inversión del rubro de Bienestar Social hasta de un 30% del valor de su presupuesto anual d) Celebraciones especiales: Por la presente Resolución se ratifica lo señalado en la Circular número 098 de agosto de 1979, que ofrece sugerencias sobre el manejo del presupuesto de Bienes Social, en lo que hace relación a la celebración de fechas clásicas pará cuyas felicitaciones pueden los Comités dé Bienestar Social de los Servicios Seccionales de Salud gastar al año únicamente y como monto global para la totalidad de las mismas hasta un máximo del 5% del valor del presupuesto asignado a Bienestar Social. Estas celebraciones son por ejemplo, el día de la Secretaria el día de la Madre, etc., y las festividades navideña para los empleados y sus hijos. Para poder hacer usó de este 5% anual, debe existir previa autorización dé la Junta dé Gastos de cada departamento, intendencia y comisaría, norma establecida por él Decretó legislativo número 3137 de 1956, función qué puede ser delegada en cada circunscripción del país a los gobernadores, intendentes y comisarios. Notas: Se considere que el desarrollo de estas actividades de solidaridad propicia la comunicación e integración del personal y en muchos casos se constituye en un estímulo los empleados; aspectos humanos muy importantes. Además en la mayoría de los Servicios Seccionales de Salud estas celebraciones están establecidas de tiempo atrás. En los Servicios Sectoriales de Salud en donde existe el voluntariado OBESS, puede él Comité de Bienestar Social solicitar a esté voluntariado colaboración de sus propios fondos (no estatales) para la financiación de las celebraciones especiales dé que trata el presenté literal Gastos no autorizados: a) Cuotas de afiliación; pagó de acciones o cuotas de sostenimiento de clubes sociales b) Adquisición de instrumentos musicales para conjuntos, estudiantinas, tunas o coros que existan o se constituyan en los Servicios Seccionales de Salud. c) Costos de afiliación a Cajás dé Compensación familiar. Nota: La afiliación a Cajas efe Compensación Familiar; es de la responsabilidad directa del Servicio Seccional dé Salud interesado en la afiliación, sin que se comprometa en ningún caso ni por ningún montó el presupuesto asignado al rubro dé Bienestar. Social. 5° Ambiente laboral. Gastos autorizados: a) Reparación y adaptación de locales destinados Rara la instalación y montaje de consultorios médicos y odontológicos para la atención de los familiares de los empleados, b) Pago del canon de arrendamiento de locales para el concepto enunciado en el literal anterior, previo estudio y aprobación del correspondiente contrato de arrendamiento por parte del Comité de Bienestar Social del Respectivo Servicio Seccional de Salud, el Adquisición de elementos y enseres necesarios para proporcionar, comodidad y seguridad a los empleados en aquellos, servicios en donde las condiciones ambientales y de clima así lo exijan Ejemplos neveras, ventiladores u otros similares, el d) Cursos que propendan a una mejor Interrelación personal de los empleados, tales como: Relaciones humanas. Dinámica de grupos, Desarrollo de personal; Otros similares. Gastos no autorizados: a) Compra o reparación de muebles de oficina .que son esenciales para el trabajo, tales corno escritorios, sillas, mesas, archivadores, etc. b) Adquisición de materiales, equipos o elementos de trabajo, tales como: máquinas de teléfonos, uniformes de trabajo, papelería y útiles dé escritorio, c) Compra, reparaciones y mantenimiento de vehículos; d) Reparaciones legislas, mejoras o en Sánchez a las oficinas qué ocupa el Servicio Seccional de Salud.

Artículo 6La Presente Resolución Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

Artículo sexto. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República