Micelio

decreto 1582 de 1940

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1Suprímense Las Siguientes Plazas: Oficina Telegráfica De Medellín

° Suprímense las siguientes plazas: Oficina Telegráfica de Medellín. Oficial de Reclamos, desempeñada por Luz Garcés, con $ 60.00 Dos Carteros, desempeñadas por Miguel Pérez y Antonio Atehortúa, con $ 35 cada uno 70.00 Almacén de Medellín Oficial de Empaques y Acarreos, desempeñada por Arturo Ramírez, con 50.00 $ 180.00

Artículo 2Nómbrase A Rafael Benítez, Cartero De La Oficina Mixta En Betulia (Antioquia), En La Plaza Creada Por El Decreto Número 1450 Del Presente Año

° Nómbrase a Rafael Benítez, Cartero de la Oficina Mixta en Betulia (Antioquia), en la plaza creada por el Decreto número 1450 del presente año.

Artículo 3El Presente Decreto, En Lo Referente Al Artículo 1° Entrará En Vigencia Diez Días Después De Su Aprobación

° El presente Decreto, en lo referente al Artículo 1° entrará en vigencia diez días después de su aprobación. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Correos y Telégrafos