Micelio

decreto 1178 de 2014

4 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en desarrollo de las facultades otorgadas en la Ley 4 de 1992, y CONSIDERANDO: Que en el Decreto 4064 de 2011 se establecieron equivalencias entre la nomenclatura y clasificación de empleos del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en Supresión y la nomenclatura y clasificación de empleos de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia. Que para efectos de la incorporación directa de algunos servidores del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en Supresión en los cargos creados en la planta de person

Considerando · 3 motivos

Que en el Decreto 4064 de 2011 se establecieron equivalencias entre la nomenclatura y clasificación de empleos del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en Supresión y la nomenclatura y clasificación de empleos de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.

Que para efectos de la incorporación directa de algunos servidores del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en Supresión en los cargos creados en la planta de personal de Migración Colombia se hace necesario establecer equivalencias adicionales entre la nomenclatura y clasificación de empleos del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión de la Rama Ejecutiva del orden nacional y la fijada en el sistema general de nomenclatura y clasificación de empleos públicos, aplicable a Migración Colombia y determinar aspectos salariales y prestacionales aplicables a los empleados de Migración Colombia que sean incorporados.

Que se hace necesario adicionar estas equivalencias así:;

Artículo 1Establécense Las Siguientes Equivalencias Adicionales Entre La Nomenclatura Y Clasificación De Empleos Del Departamento Administrativo De Seguridad (Das) En Supresión Y La Nomenclatura Y Clasificación De Empleos De La Rama Ejecutiva Del Orden Nacional, Aplicable A Migración Colombia, Así: Situación Anterior (Das) Situación Nueva – Migración Colombia Denominación Del Cargo Nivel Grado Denominación Del Empleo Código Grado Auxilar De Servicios 325 02 Auxiliar Administrativo 4044 10 Auxilar De Servicios 325 03 Auxilar Administrativo 4044 12 Mecánico 318 05 Conductor Mecánico 4103 16

°. Establécense las siguientes equivalencias adicionales entre la nomenclatura y clasificación de empleos del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión y la nomenclatura y clasificación de empleos de la Rama Ejecutiva del orden nacional, aplicable a Migración Colombia, así: Situación anterior (DAS) Situación nueva – Migración Colombia Denominación del cargo Nivel Grado Denominación del empleo Código Grado AUXILAR DE SERVICIOS 325 02 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 4044 10 AUXILAR DE SERVICIOS 325 03 AUXILAR ADMINISTRATIVO 4044 12 MECÁNICO 318 05 CONDUCTOR MECÁNICO 4103 16

Artículo 2Los Servidores Del Departamento Administrativo De Seguridad (Das) En Supresión, Serán Incorporados En Los Empleos Creados En La Planta De Personal De Migración Colombia, Con Estricta Sujeción A Las Equivalencias Establecidas En El Artículo Primero Del Presente Decreto, Sin Que Se Les Exijan Requisitos Adicionales A Los Acreditados En El Momento De Su Posesión Del Cargo Del Cual Era Titular En El Departamento Administrativo De Seguridad (Das) En Supresión

°. Los servidores del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión, serán incorporados en los empleos creados en la planta de personal de Migración Colombia, con estricta sujeción a las equivalencias establecidas en el artículo primero del presente decreto, sin que se les exijan requisitos adicionales a los acreditados en el momento de su posesión del cargo del cual era titular en el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión. La aplicación de estas equivalencias no conlleva la pérdida de los derechos de carrera para quien los acredite, ni afecta los procesos de selección en curso.

Artículo 3De Conformidad Con Lo Señalado En El Decreto 4057 De 2011 Para Todos Los Efectos Legales Y De La Aplicación De Las Equivalencias Establecidas En El Presente Decreto Para Los Fines De La Incorporación, La Asignación Básica De Los Empleos En Los Cuales Sean Incorporados Los Servidores Del Das Comprenderá La Asignación Básica Y La Prima De Riesgo Correspondientes Al Cargo Del Cual El Empleado Incorporado Era Titular En El Departamento Administrativo De Seguridad (Das) En Supresión, A La Vigencia Del Presente Decreto

°. De conformidad con lo señalado en el Decreto 4057 de 2011 para todos los efectos legales y de la aplicación de las equivalencias establecidas en el presente Decreto para los fines de la incorporación, la asignación básica de los empleos en los cuales sean incorporados los servidores del DAS comprenderá la asignación básica y la prima de riesgo correspondientes al cargo del cual el empleado incorporado era titular en el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión, a la vigencia del presente decreto. En consecuencia, a partir de la incorporación, la prima de riesgo se entiende integrada y reconocida en la asignación básica del nuevo cargo. Los servidores que sean incorporados en un empleo al cual corresponde una asignación básica inferior al valor de la asignación básica y la prima de riesgo que vienen percibiendo, la diferencia se reconocerá con una bonificación mensual individual por compensación que se entiende integrada a la asignación básica y por lo tanto constituye factor salarial para todos los efectos legales.

Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Adiciona El Decreto 4064 De 2011 Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona el Decreto 4064 de 2011 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las facultades otorgadas en la Ley 4 de 1992, y
El Viceministro Técnico, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública