en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo único. Créase, a partir de la fecha del presente Decreto, el cargo de Ingeniero Ayudante de la Zona de Carreteras Nacionales de Duitama, encargado especialmente de los trabajos de la Carretera del Cusiana, con una asignación mensual de mil pesos ($ 1.000.00), que se pagará con cargo a la partida destinada para gastos de sostenimiento de la mencionada Zona. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas