Micelio

decreto 3470 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1

Artículo primero. A partir del primero de diciembre próximo, se suprimen los siguientes cargos en el Servicio Diplomático: Secretario de la Legación en Costa Rica y Nicaragua. Secretario de la Embajada en Panamá. Consejero, Encargado de Negocios en Dinamarca. Segundo Secretario de la Embajada ante la Santa Sede.

Artículo 2

Artículo segundo. Créase el cargo de Consejero de la Legación en Costa Rica y Nicaragua, con una asignación de $ 600 mensuales.

Artículo 3

Artículo tercero. El Consejero de la Embajada en Panamá ejercerá también las funciones de la Secretaría de dicha Embajada, y por tal concepto su sueldo se aumenta en $ 200 mensuales, a partir del 1° de diciembre próximo. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público