Micelio

decreto 80 de 1895

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Artículo 1Las Administraciones De Hacienda Nacional De Circuito En El Departamento De Panamá Tendrán Por Cabecera Los Siguientes Lugares Y Serán Desempeñadas Por El Personal Que Se Expresa Con Su Respectiva Asignación : Ministerio De Hacienda

Artículo único. Abrese al Presupuesto de la vigencia económica de 1895 á 1896 al siguiente crédito adicional : Artículo 1.° Las Administraciones de Hacienda nacional de Circuito en el Departamento de Panamá tendrán por cabecera los siguientes lugares y serán desempeñadas por el personal que se expresa con su respectiva asignación : MINISTERIO DE HACIENDA. departamento de obras -públicas. Capítulo 47. Artículo 279 (bis). Para la conservación de jardines y parques públicos de la capital de la República, en el bienio hasta $ 6,000

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno