Artículo 1Hácense La Siguiente Distribución En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia De 1972: Presupuesto De Funcionamiento
° Hácense la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia de 1972: Presupuesto de Funcionamiento. Ministerio de Educación Nacional. CAPITULO 281 Ministerio de Educación Nacional. Programa 317. Educación Media. Subprograma 7. Institutos de Educación Media Diversificada e Institutos Técnicos Agrícolas. Transferencias. 203 313 411 Artículo 3230. Administración Institutos Nacionales de Educación Media Diversificada $ 36.250.000.00 Que se distribuye así: Ordinal
Barranquilla $ 5.234.107.00 Ordinal
Bogotá 7.050.352.00 Ordinal
Bucaramanga 3.852.670.00 Ordinal
Cali 3.809.041.00 Ordinal
Cartagena 2.063.328.00 Ordinal
Cúcuta 2.580.700.00 Ordinal
Medellín 3.850.000.00 Ordinal
Montería 998.920.00 Ordinal
Pasto 2.560.682.00 Ordinal
Santa Marta 2.530.000.00 Ordinal
Bogotá - Tunal (nuevo) 1.720.200.00 Total $ 36.250.000.00
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.