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decreto 2299 de 1991

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y de las que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978

Artículo 1Apruébase El Acuerdo Número 0029 Del 25 De Julio De 1990 Emanado De La Junta Directiva Del Instituto Nacional De Los Recursos Naturales Renovables Y Del Ambiente - Inderena -, Cuyo Texto Es El Siguiente: <<acuerdo Numero 0029 De 1990 (Julio 25) "por El Cual Se Suprimen Algunos Cargos De La Planta De Personal Del Instituto Nacional De Los Recursos Naturales Renovables Y Del Ambiente - Inderena -"

° Apruébase el Acuerdo número 0029 del 25 de Julio de 1990 emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente - Inderena -, cuyo texto es el siguiente: <<ACUERDO NUMERO 0029 DE 1990 (julio 25) "por el cual se suprimen algunos cargos de la Planta de Personal del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente - Inderena -". La Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, Inderena, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial la contenida en el inciso segundo (2°) del artículo 74 del Decreto 1042 de 1978 y, CONSIDERANDO: Que mediante la Ley 13 del 15 de enero de 1990, se crea el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura INPA, como establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de Agricultura; Que el artículo 74 de la citada ley, prevé que el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, incorporará a su Planta de Personal a los funcionarios que actualmente prestan sus servicios en los Programas de Pesca y Acuicultura del Inderena, en cuyo caso se suprimirán los respectivos cargos de la Planta de este Instituto, ACUERDA: Artículo 1° Suprimir de la Planta de Personal del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente Inderena, los siguientes cargos: Nº de cargos Dependencia y Nombre del Empleo Código Grado OFICINAS CENTRALES Subgerencia de Pesca y Fauna 1 Subdirector General de Establecimiento Público 0040 03 1 Secretario Ejecutivo 5040 11 1 Operario Calificado 6000 07 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 03 División Administración y Fomento Pesquero 1 Jefe de División 2040 06 Secretario 5140 10 Sección de Pesca Industrial 1 Jefe de Sección 2075 05 1 Profesional Universitario 3020 06 1 Técnico Operativo 4080 07 Sección de Pesca Artesanal 1 Jefe de Sección 2075 06 1 Profesional Universitario 3020 06 1 Secretario 5140 06 División de Investigaciones Pesqueras 1 Investigador Científico 3000 14 2 Profesional Especializado 3010 09 2 Profesional Universitario 3020 04 1 Profesional Universitario 3020 06 1 Dibujante 4095 08 1 Secretario 5140 08 División de Acuicultura 1 Jefe de División 2040 06 1 Profesional Especializado 3010 10 1 Profesional Universitario 3020 06 1 Secretario 5140 06 1 Secretario 5140 10 Sección Servicio Nacional de Istiopatología 1 Investigador Científico 3000 12 1 Profesional Universitario 3020 06 1 Profesional Especializado 3010 09 1 Dibujante 4095 05 1 Auxiliar de Técnico 4110 06 1 Secretario 5140 06 1 Mecanógrafo 5180 04 2 Operario Calificado 6000 08 1 Conductor Mecánico 6010 06 3 Celador 6020 03 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 01 DIRECCIONES REGIONALES Dirección Regional Antioquía Proyecto Evaluación Pesquera 1 Jefe de Proyecto 2080 05 1 Profesional Especializado 3010 08 2 Auxiliar de Técnico 4110 03 1 Secretario 5140 06 1 Mecanógrafo 5180 04 1 Operario 6030 03 Dirección Regional Atlántico Acuicultura Continental Repelón 1 Jefe de Proyecto 2080 05 2 Profesional Especializado 3010 08 4 Profesional Universitario 3020 06 1 Administrativo 4065 09 1 Auxiliar de Técnico 4110 03 4 Auxiliar de Técnico 4110 05 1 Almacenista 5080 09 1 Auxiliar Administrativo 5120 11 2 Secretario 5140 06 2 Conductor 6010 03 2 Celador 6020 03 1 Operario 6030 03 9 Operario 6030 01 3 Auxiliar de Servicios Generales 6035 01 Dirección Regional Bolívar Sección de Pesca y Fauna 1 Jefe de Sección 2075 05 1 Ayudante de Oficina 5155 07 1 Auxiliar de Técnico 4110 05 1 Operario Calificado 6000 08 Proyecto Evaluación Pesquera 1 Jefe de Proyecto 2080 05 1 Profesional Universitario 3020 03 2 Profesional Universitario 3020 04 1 Profesional Universitario 3020 06 1 Auxiliar de Técnico 4110 03 3 Auxiliar de Técnico 4110 05 1 Celador 6020 01 2 Celador 6020 03 6 Operario 6030 01 2 Operario 6030 03 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 01 1 Secretario 5140 06 Proyecto Centro de Investigaciones Pesqueras 1 Técnico Operativo 4080 07 1 Dibujante 4095 05 6 Auxiliar de Técnico 4110 03 1 Auxiliar Administrativo 5120 07 1 Ayudante de Oficina 5155 05 1 Mecanógrafo 5180 04 3 Operario Calificado 6000 07 1 Operario Calificado 6000 08 1 Conductor Mecánico 6010 03 5 Celador 6020 01 1 Operario 6030 01 1 Operario 6030 03 4 Auxiliar de Servicios Generales 6035 03 Proyecto Pesca Artesanal 1 Jefe de Proyecto 2080 05 1 Profesional Universitario 3020 06 2 Auxiliar de Técnico 4110 05 1 Técnico Operativo 4080 09 1 Secretario 5140 06 Proyecto Acuicultura Marina 1 Profesional Especializado 3010 09 1 Profesional Especializado 3010 10 1 Auxiliar de Técnico 4110 03 1 Auxiliar de Técnico 4110 05 1 Conductor Mecánico 6010 03 1 Ayudante 6025 05 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 01 Proyecto Acuicultura Continental 1 Investigador Científico 3000 14 1 Profesional Universitario 3020 03 1 Mecanógrafo 5180 02 Dirección Regional Cauca Proyecto Acuicultura Continental 1 Jefe de Proyecto 2080 05 1 Profesional Especializado 3010 09 1 Auxiliar de Técnico 4110 03 2 Operario 6030 01 Dirección Regional Cundinamarca Proyecto Acuicultura Continental 1 Jefe de Proyecto 2080 05 1 Auxiliar de Técnico 4110 03 1 Auxiliar de Técnico 4110 06 1 Secretario 5140 06 Dirección Regional Huila Proyecto Acuicultura Continental Alto Magdalena 1 Jefe de Proyecto 2080 05 1 Profesional Universitario 3020 04 1 Profesional Universitario 3020 06 2 Auxiliar de Técnico 4110 03 1 Auxiliar de Técnico 4110 05 1 Almacenista 5080 09 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 1 Secretario 5140 06 1 Conductor Mecánico 6010 03 3 Celador 6020 03 2 Operario 6030 01 2 Auxiliar de Servicios Generales 6035 01 1 Operario 6030 03 Dirección Regional Llanos Orientales Proyecto Evaluación Pesquera 1 Jefe de Proyecto 2080 05 1 Profesional Universitario 3020 03 2 Profesional Universitario 3020 06 2 Auxiliar de Técnico 4110 03 1 Secretario 5140 06 1 Conductor Mecánico 6010 03 1 Celador 6020 03 1 Operario 6030 01 Proyecto Acuicultura Continental Terrazas 1 Profesional Especializado 3010 09 1 Profesional Universitario 3020 04 1 Auxiliar de Técnico 4110 03 1 Auxiliar de Técnico 4110 06 1 Secretario 5140 06 2 Ayudante 6025 03 Dirección Regional Magdalena Proyecto Evaluación Pesquera 1 Jefe de Proyecto 2080 04 2 Operario Calificado 6000 09 Dirección Regional Pacifico Medio Sección de Pesca y Fauna 1 Jefe de Sección 2075 05 1 Profesional Universitario 3020 03 2 Auxiliar de Técnico 4110 05 1 Conductor Mecánico 6010 03 1 Celador 6020 01 1 Celador 6020 03 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 01 Proyecto de Evaluación Pesquera 1 Profesional Universitario 3020 04 1 Profesional Universitario 3020 06 1 Técnico Operativo 4080 07 1 Mecanógrafo 5180 04 1 Operario Calificado 6000 02 Pesca Artesanal Buenaventura 1 Jefe de Proyecto 2080 04 1 Profesional Universitario 3020 04 1 Técnico Operativo 4080 07 1 Técnico Operativo 4080 09 1 Auxiliar Administrativo 5120 11 1 Operario Calificado 6000 09 1 Celador 6020 01 1 Operario 6030 03 1 Operario 6030 05 Dirección Regional Santander Proyecto Evaluación Pesquera Barrancabermeja 1 Profesional Universitario 3020 03 1 Auxiliar de Técnico 4110 03 1 Operario 6030 03 1 Operario 6030 05 Proyecto Acuicultura Continental Berlín 1 Profesional Universitario 3020 04 1 Profesional Universitario 3020 06 1 Auxiliar de Técnico 4110 05 1 Celador 6020 01 3 Operario 6030 01 Proyecto Estación Piscícola San Silvestre 1 Profesional Especializado 3010 08 2 Auxiliar de Técnico 4110 05 1 Secretario 5140 08 1 Operario Calificado 6000 05 4 Celador 6020 02 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 03 Dirección Regional Sucre Proyecto Crocodylia 1 Operario 5030 03 Dirección Seccional San Andrés y Providencia Sección Técnica San Andrés 2 Auxiliar de Técnico 4110 05 Dirección Regional Sucre Proyecto Pesca Artesanal 1 Profesional Universitario 3020 06 Artículo 2°. Los funcionarios que vienen ocupando los cargos a que se hace referencia en este Acuerdo, serán incorporados sin solución de continuidad, a la Planta de Personal que para tal efecto se cree en el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura INPA. Artículo 3°. El presente Acuerdo, previo concepto del Consejo Superior del Servicio Civil deberá ser aprobado por el Gobierno Nacional publicado en el Diario Oficial y rige a partir de la fecha en la cual se cree la Planta de Personal para el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura INPA. Comuníquese y cúmplase.

Artículo 2Apruébase El Acuerdo Número 0033 Del 12 De Julio De 1991, Emanado De La Junta Directiva Del Instituto Nacional De Los Recursos Naturales Renovables Y Del Ambiente Inderena, Cuyo Texto Es El Siguiente: <<acuerdo Numero 0033 De 1991 (Julio 12) "por El Cual Se Modifica El Artículo 3° Del Acuerdo 0029 Del 25 De Julio De 1990"

° Apruébase el Acuerdo número 0033 del 12 de julio de 1991, emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente Inderena, cuyo texto es el siguiente: <<ACUERDO NUMERO 0033 DE 1991 (julio 12) "por el cual se modifica el artículo 3° del Acuerdo 0029 del 25 de julio de 1990". La Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, Inderena, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las contenidas en el Decreto 1042 de 1978, artículos 74 y 75, ACUERDA: Artículo 1°. El artículo 3° del Acuerdo número 0029 del 25 de julio de 1990, quedará así: El presente Acuerdo requiere para su validez la aprobación mediante Decreto del Gobierno Nacional, rige a partir de la publicación en el Diario Oficial del decreto que lo apruebe y modifica en lo pertinente los Acuerdos 003 de 11 de febrero de 1982, 0043 del 29 de julio de 1985 y el 076 del 30 de noviembre de 1987. Cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 12 de julio de 1991. El Presidente Junta Directiva, (Fdo.) Rodolfo Alvarado Rincón. La Secretaria Junta Directiva, (Fdo.) Nancy Vallejo Serna.

Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente Los Decretos Números 3194 Del 12 De Noviembre De 1982, 2206 Del 9 De Agosto De 1985 Y 2428 Del 21 De Diciembre De 1987

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos números 3194 del 12 de noviembre de 1982, 2206 del 9 de agosto de 1985 y 2428 del 21 de diciembre de 1987.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y de las que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil