Micelio

decreto 343 de 1989

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Artículo 1El Artículo 4° Del Decreto 265 De 1989, Quedará Así: "artículo 4° A Partir Del 15 De Febrero De 1989, Encárgase De Las Funciones Del Despacho Del Ministro De Justicia Al Doctor Raúl Orejuela Bueno, Ministro De Gobierno"

° El artículo 4° del Decreto 265 de 1989, quedará así: "Artículo 4° A partir del 15 de febrero de 1989, encárgase de las funciones del Despacho del Ministro de Justicia al doctor Raúl Orejuela Bueno, Ministro de Gobierno".

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto 3333 de 1986
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República