Artículo 1
Art. 1.° Créanse en la Secretaría general de la Presidencia de la República los empleos de Subsecretario y Oficial 3.°, con las asignaciones mensuales de cien y setenta pesos oro, respectivamente
Artículo 2
Art. 2 ° Los empleos que se crean por el presente Decreto se declararán provistos desde el día 1.° de Enero del año en curso. Publíquese.
Firmas
El Subsecretario de Hacienda, encargado del Despacho
Abel Paúlencargado
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Guerra
El Ministro de Instrucción Pública
El Ministro del Tesoro
El Ministro de Obras Públicas