Artículo 1Apruébase La Resolución Número 433 De Junio De 1971, Expedida Por El Superintendente De Notariado Y Registro, Cuyo Texto Es El Siguiente: "resolucion Numero 433 De 1971 (Junio 4) Por La Cual Se Modifica La Estructura Y Planta De Personal De La Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Del Circulo De Bogotá
° Apruébase la Resolución número 433 de junio de 1971, expedida por el Superintendente de Notariado y Registro, cuyo texto es el siguiente: "RESOLUCION NUMERO 433 DE 1971 (junio 4) por la cual se modifica la estructura y planta de personal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Circulo de Bogotá. El Superintendente de Notariado y Registro, en uso de las facultades que le confiere el artículo 7° del Decreto ley número 1254 de 1970, RESUELVE:
Artículo 1Modificase La Estructura Y Planta De Personal De La Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Del Círculo De Bogotá, La Cual Quedará Así: Despacho Del Registrador N° De Cargos Clase Categoría Sueldo 1 Registrador 15,000 1 Secretario General
° Modificase la estructura y planta de personal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Bogotá, la cual quedará así: Despacho del Registrador N° de cargos Clase Categoría Sueldo 1 Registrador 15,000 1 Secretario General. III 28 1 Secretario Mecanotaquígrafo III 18 1Secretario Mecanógrafo II 12 1 Mensajero III 8 División Técnica A) Oficina Jurídica. 1 Jefe de Oficina V 27 6,000 8 Sustanciadores IV 19 2,790 1 Secretario Mecanógrafo II 12 1,440 División de Inscripción de inmuebles 1 Jefe de División III 26 5,450 A) Sección de Distribución 1 Jefe de Sección III 21 3,380 2 Sustanciadores (Desanotadores) III 17 2,310 1 Operador de máquina duplicadora III 13 1,580 1 Archivero III 15 1,910 1 Archiveros II 13 1,580 1 Mensajero III 8 980 B) Grupo de Mecanografía 20 Catalogadores (Asentadores) II 15 1,910 División de Certificación 1 Jefe de División III 26 5,450 1 Secretario Mecanógrafo II 12 1,440 2 Jefes de Sección (dos turnos) III 21 3,380 40 Sustanciadores (Certificadores) III 17 2,310 35 Sustanciadores (Certificadores) II 15 1,910 4 Auxiliares de Servicios Generales (Canceladores de embargos o hipotecas) IV 12 1,140 1 Oficinista (Reproductora sellos) II 11 1,310 2 Mensajeros III 8 980 División Administrativa 1 Jefe de División III 26 2,540 1 Jefe de personal II 24 4,500 1 Pagador (Contador) VI 23 4,090 1 Jefe de grupo III 18 2,540 2 Cajeros VI 18 2,540 2 Catalogadores (Radicadores) I 13 1,580 4 Liquidadores de Cuentas III 19 2,100 1 Oficinista (Numerador) I 9 1,080 1 Oficinista (Información) III 13 1,580 8 Oficinistas (Entrega de documentos) II 11 1,310 1 Oficinista (Confrontador) III 11 1,310 2 Mensajeros III 8 980 5 Auxiliares de Servicios Generales III 8 980 2 Celadores III 9 1,080
Artículo 2Esta Resolución Rige A Partir De La Fecha De Su, Aprobación Por El Gobierno Nacional
° Esta Resolución rige a partir de la fecha de su, aprobación por el Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase
Artículo 2Este Decreto; Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° Este Decreto; rige a partir de la fecha de su expedición.