Micelio

decreto 494 de 1934

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 42A, Quedara Así: Para Trasladar Al Capítulo 18, Artículo 42 A, Completo De Los Sueldos Del Secretario Y Tres Carteros Del Ministerio De Relaciones Exteriores $ 960 60 Comuníquese Y Publíquese

El traslado a que se refiere el mencionado Decreto al capítulo 18, artículo 42 A, quedara así: Para trasladar al capítulo 18, artículo 42 A, completo de los sueldos del Secretario y tres Carteros del Ministerio de Relaciones Exteriores $ 960 60 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores