Micelio

decreto 1770 de 2001

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Artículo 1

º . Establécese para el empleo de Presidente de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, un sueldo básico mensual de siete millones cuatrocientos tres mil seiscientos cincuenta y cuatro pesos ($7.403.654) moneda corriente. Igualmente tendrá derecho a la prima técnica a que se refiere el Decreto número 1624 de 1991 y demás normas que lo modifican o adicionen.

Artículo 2

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992
La Ministra de Salud
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública