Micelio

decreto 3457 de 1962

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que la Ley 71 de 1962 facultó expresamente al. Gobierno Nacional para abrir créditos y hacer traslados presupuéstales por el resto de la vigencia, sin sujeción a las normas ordinarias sobre la materia, con el solo requisito del Certificado de Disponibilidad del Contralor General y la aprobación del Consejo de Ministros

Considerando · 3 motivos

Que la Ley 71 de 1962 facultó expresamente al. Gobierno Nacional para abrir créditos y hacer traslados presupuéstales por el resto de la vigencia, sin sujeción a las normas ordinarias sobre la materia, con el solo requisito del Certificado de Disponibilidad del Contralor General y la aprobación del Consejo de Ministros;

Que el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 121 de 1962, para amparar el traslado de que se trata, y el Consejo de Ministros ha impartido la aprobación correspondiente, y;

Que para la buena marcha de la Administración Pública se requiere incrementar algunas apropiaciones del Ministerio de Justicia y de la Rama Jurisdiccional;

Artículo 1Hácense, Las Siguientes Traslaciones En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1962: Presupuesto De Funcionamiento

° Hácense, las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1962: Presupuesto de funcionamiento. Ministerio de Justicia Contracréditos B - Rama Técnica CAPITULO 0309 Establecimientos de Detención, Penas y Medidas de Seguridad Programa II Establecimientos de Detención, Penas y Medidas de Seguridad. Servicios personales 101 - 125. Artículo 3061. Sueldos del personal dé nómina $ 4.430.00. Rama Jurisdiccional. CAPITULO 1503. Juzgados Superiores de Distrito Judicial. Gastos generales 105 - 124. Artículo 15024. Compra de equipo 30.000.00 CAPITULO 1504 Juzgados del Circuito y del Trabajo. Gastos generales 105 - 124. Artículo 15034. Compra de equipo 50.000.00 CAPITULO 1505 Tribunales Superiores y Juzgados de Aduanas Gastos generales 105 - 124. Artículo 15043 Compra de equipo 20.000.00 CAPITULO 1507 Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional Gastos generales 105 - 121. Artículo 15061. Compra de equipo 60.600.00 Suman los contracréditos $ 165.030.00 Créditos Ministerio de Justicia A - Dirección del Ministerio CAPITULO 0301 Gabinete del Ministro Servicios personales 101 - 111. Artículo 3001. Sueldos del personal de nómina $700.00. 101 - 111. Artículo 3002. Gastos de representación 3.700.00 Rama Jurisdiccional CAPITULO 1501 Corte Suprema de Justicia Servicios personales 101 - 124, Articulo 15001. Sueldos del personal de nómina $ 97.333.33 CAPITULO 1509 Consejo de Estado Servicios personales 101.- 124. Artículo 15078. Sueldos del personal de nómina 58.400.00 CAPITULO 1511 Procuraduría General de la Nación. Servicios personales 101 - 124. Artículo 15099. Sueldos del personal de nomina 4.800.67 Suman los créditos $ 165.030.00

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese. ¿

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público