Micelio

decreto 2113 de 1952

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Artículo 1El Presupuesto De La Imprenta Nacional Para El Año De 1953, Se Aumentará En La Suma De Setecientos Mil Pesos Moneda Legal ($ 700

° El presupuesto de la Imprenta Nacional para el año de 1953, se aumentará en la suma de setecientos mil pesos moneda legal ($ 700.000.00), para la adquisición de materias primas.

Artículo 2El Almacén De Publicaciones Y Sus Anexidades, De Que Hablan Los Decretos Números 222 De 1937 Y 2159 De 1949, Funcionará Como Dependencia Inmediata De La Imprenta Nacional Y Tendrá A Su Cargo Las Obligaciones Y Deberes Que Determine La Junta Directiva De La Imprenta

° El Almacén de Publicaciones y sus anexidades, de que hablan los Decretos números 222 de 1937 y 2159 de 1949, funcionará como dependencia inmediata de la Imprenta Nacional y tendrá a su cargo las obligaciones y deberes que determine la Junta Directiva de la Imprenta.

Artículo 3Quedan Suspendidas Las Disposiciones Legales Contrarias Al Presente Decreto, El Cual Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° Quedan suspendidas las disposiciones legales contrarias al presente Decreto, el cual rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Higiene
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas