Micelio

decreto 213 de 1957

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Artículo 3352-A

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: Ministerio de Obras Públicas. CAPITULO 510 Navegación y Puertos. Terminales Marítimos y Fluviales Terminal Marítimo de Buenaventura 001-003-206-306. Del artículo 3352-A. Para gastos de administración, explotación, conservación, sostenimiento, desarrollo y ampliación del Terminal Marítimo de Buenaventura $ 615.000.00 CAPITULO 534 Carreteras nacionales. Construcción, reconstrucción y pavimentación. (Plan vial) 202 Del artículo 5382 . Carreteras Tarazá - Planetarrica - Cincelejo - Cartagena, y Cartagena - Barranquilla (contrato con Wieston Incorporated y Montilla y Montilla, Limited.) 450.000.00 CAPITULO 535 Carreteras Nacionales. Construcción, reconstrucción y pavimentación Para gastos de estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de las siguientes carreteras: 202. Del artículo 5388. Para la carretera Sonsón - Dorada, ampliación 450.000.00 CAPITULO 542 Edificios y parques nacionales. Conservación, adiciones, mejoras y sostenimiento. 001. Del artículo 5542 . Para atender el pago de servicios a contrato de profesionales especializados en las diversas ramas que atiende este Ministerio, y otros gastos similares, inherentes a este servicio, en el año 30.000.00 CAPITULO 547 Bienes inmuebles. Administración y sostenimiento. 332 Del artículo 5572. Para reparaciones y mejoras de inmuebles nacionales destinados al servicio oficial, en el año 20.000.00 Suman los contracréditos $ 1.485.000.00 CAPITULO 528 Navegación y Puertos Obras hidráulicas.- Construcción. 206. Al artículo 5330-A. Para embarque, transporte marítimo, aseguros, desembarque, armada, servicios técnicos y otros gastos similares, inherentes a las dragas contratadas con la casa Doggendofer, de Alemania, para obras portuarias marítimas $ 615.000.00 CAPITULO 532 Carreteras nacionales. Conservación, adiciones y mejoras 302 Al artículo 5371 . Para conservación, adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales, en el año, así: Ordinal 27). Para la construcción de edificios para talleres, almacenes y oficinas destinados al servicio de las Zonas de Carreteras Nacionales, en el año 50.000.00 CAPITULO 534 Carreteras nacionales. Construcción, reconstrucción y pavimentación. (Plan Vial) Para gastos de construcción, reconstrucción y pavimentación de las siguientes troncales, incluidas en el Plan Trienal financiado en parte por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, de acuerdo con los respectivos compromisos contractuales: 202. Al artículo 5381 . Carretera Medellín-Tarazá 410.000.00 202. Al artículo 5386 . Carretera Kilómetro 30 Dagua-Loboguerrero 408.000.00 Suman los créditos $ 1.485.000.00

Artículo 2

Artículo segundo . Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del presente Decreto, el cual rige desde su fecha. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo, encargado del Ministerio de salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas