Micelio

decreto 1094 de 1961

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 6° de la Ley 62 de 1960.

Artículo 1

La partida global apropiada en el Presupuesto de inversión de la actual vigencia para dotación de Colegios de.Bachillerato, se distribuye así:

Capítulo 2901, División de Fomento Escolar.

Programa V. Dotación de establecimientos.

Subprograma 2. Dotación de establecimientos de Enseñanza Media.

Artículo 29092. - Proyecto 1.

Artículo 29092- Proyecto 1

Artículo primero. La partida global apropiada en el Presupuesto de inversión de la actual vigencia para dotación de Colegios de .Bachillerato, se distribuye así: Capítulo 2901, División de Fomento Escolar. Programa V. Dotación de establecimientos. Subprograma 2. Dotación de establecimientos de Enseñanza Media. Artículo 29092. - Proyecto 1.

Artículo 2

Artículo segundo. Las partidas distribuidas por el presente Decreto serán giradas a los respectivos Pagadores de los establecimientos. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministra de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional