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decreto 2886 de 1984

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Artículo 1Fíjase Lo Que Corresponde Por Concepto Del Impuesto De Industria Y Comercio Según La Capacidad Eléctrica Instalada En La Central Hidroeléctrica De Florida Ii, Al Único Municipio Afectado Por Esta Obra, Así: Municipio Factor De Proporcionalidad % Equivalente En Kw Popayán 100 24

Fíjase lo que corresponde por concepto del Impuesto de Industria y Comercio según la capacidad eléctrica instalada en la Central Hidroeléctrica de Florida II, al único municipio afectado por esta obra, así: Municipio Factor de proporcionalidad % Equivalente en KW Popayán 100 24.000

Artículo 2

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.