Micelio

decreto 941 de 1918

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Artículo 1

Con el fin de que el Mecánico de la Circunscripción de Telégrafos de Bogotá se traslade al Socorro a establecer entre las ciudades citadas la comunicación-telegráfica por el sistema Dúplex , practicando en la línea y oficinas respectivas las diligencias conducentes, trabajo que hará simultáneamente con el de instalación de dos torres en Ambalema, para el paso de las líneas por el rio, que va a ejecutar el Inspector Técnico, se señalan al expresado Mecánico, hasta por el término do treinta días, los mismos viáticos que a este último empleado le asigna el Decreto número 825, de 28 de mayo del corriente año. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno