Micelio

decreto 78 de 1889

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El Presidente de la República
Considerando · 2 motivos

Que en la primera liquidación del Presupuesto nacional de Gastos (capítulo 23, artículo 55) se hizo figurar la partida $ 31,600 para pagar el sueldo de un solo Fiscal de Juzgado ó Juzgados Superiores en cada Distrito judicial, en virtud de lo que dispone el artículo 172 de la Ley 147 de 1888, de organización judicial de la República; y que el artículo 226 de la misma Ley modifica el 172 citado, disponiendo que cada Juzgado Superior de Distrito judicial tenga un Fiscal; 2 °;

Que en la misma primera liquidación se suprimió la partida necesaria para pagar el sueldo del Celador-inspector del Resguardo de las Salinas de Cundinamarca por haber confundido ese empleo con el de Celador de balanzas, que había sido suprimido por la Ley.

Artículo 1

Adiciónase la primera liquidación del Presupuesto nacional de Gastos para el bienio económico de 1889 y 1890, con las siguientes partidas :

Ministerio de gobierno.

Departamento de Justicia.

Capitulo 23.

Art. 55. Agencias fiscales de los Juzgados Superiores.

ministerio de hacienda.

Departamento de Hacienda.

Capitulo 47,

Artículo 149. Resguardo de las Salinas de Cundinamarca

Artículo 149Resguardo De Las Salinas De Cundinamarca 8

Artículo único. Adiciónase la primera liquidación del Presupuesto nacional de Gastos para el bienio económico de 1889 y 1890, con las siguientes partidas : Ministerio de gobierno. Departamento de Justicia. Capitulo 23. Art. 55. Agencias fiscales de los Juzgados Superiores. 14. Sueldo del Fiscal del Juzgado Superior 2.° de Medellin, á $ 1,200 anuales, en el bienio $ 2,400 15. Sueldo del Fiscal del Juzgado Superior 2.° de Bogotá, á…$ 1,200 anuales, en el bienio 2,400 ministerio de hacienda. Departamento de Hacienda. Capitulo 47, Artículo 149. Resguardo de las Salinas de Cundinamarca 8.° Sueldo de un Celador-inspector, á $1,200 anuales, en el bienio 2,400 Total $ 7,200

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Tesoro