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decreto 1759 de 1994

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 de artículo 189 de las Constitución Política y del Decreto 1292 del 22 de junio de 1994

Artículo 1º Las Funciones Propias De Las Distintas Dependencias Del Ministerio De Salud Serán Desarrolladas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Adopta: Despacho Del Ministro Empleos Cargo Codigo Grado 1(Uno) Ministro 5 1(Uno) Asesor 1020 10 1(Uno) Asesor 1020 12 1(Uno) Profesional Universitario 3020 5 1(Uno) Técnico Administrativo 4065 11 2(Dos) Secretario Ejecutivo 5040 18 1(Uno) Secretario Ejecutivo Del Despacho Del Ministro 5230 25 1(Tres) Conductor Mecánico 5310 15 Despacho Del Viceministro Empleos Cargo Codigo Grado 1(Uno) Viceministro 20 2(Dos) Asesor 1020 8 2(Dos) Jefe De Programa 2084 24 1(Uno) Secretario Ejecutivo 5040 16 1(Uno) Secretario Ejecutivo 5040 21 1(Uno) Auxiliar Administrativo 5120 11 1(Uno) Secretario Ejecutivo Del Despacho Del Viceministro 5240 24 2(Dos) Conductor Mecánico 5310 15 1(Uno) Auxiliar De Servicios Generales 5335 11 Planta Global Empleos Cargo Codigo Grado 1(Uno) Secretario General Del Ministerio 35 22 6(Seis) Director Técnico De Ministerio 100 20 1(Uno) Director Administrativo De Ministerio 100 19 7(Siete) Director Técnico De Ministerio 100 18 16(Dieciséis) Subdirector Técnico De Ministerio 150 14 1(Uno) Asesor 1020 7 9(Nueve) Asesor 1020 6 28(Veintiocho) Asesor 1020 5 1(Uno) Director De Unidad Administrativa Especial 2025 22 10 (Diez) Jefe De División 2040 20 4(Cuatro) Jefe De Oficina 2045 23 3(Tres) Jefe De Oficina 2045 25 34(Treinta Y Cuatro) Jefe De Programa 2084 21 2(Dos) Jefe De Programa 2084 24 8(Ocho) Profesional Especializado 3010 18 37 (Treinta Y Siete) Profesional Especializado 3010 16 72(Setenta Y Dos) Profesional Especializado 3010 15 63(Sesenta Y Tres) Profesional Especializado 3010 14 1(Uno) Profesional Especializado 3010 13 1(Uno) Profesional Especializado 3010 12 76(Setenta Y Seis) Profesional Universitario 3020 9 3(Tres) Profesional Universitario 3020 8 1(Uno) Profesional Universitario 3020 5 1(Uno) Secretario Privado 3035 17 33(Treinta Y Tres) Tecnólogo 4165 16 7(Siete) Asistente Administrativo 4140 16 3(Tres) Asistente Administrativo 4140 12 1(Uno) Asistente Administrativo 4140 10 24(Veinticuatro) Técnico Administrativo 4065 12 18(Dieciocho) Técnico Administrativo 4065 11 2(Dos) Técnico Administrativo 4065 9 2(Dos) Técnico Administrativo 4065 7 3(Tres) Técnico En Telecomunicaciones 4030 14 1(Uno) Técnico Operativo 4080 12 2(Dos) Técnico Operativo 4080 11 6(Seis) Secretario Ejecutivo 5040 21 26(Veintiséis) Secretario Ejecutivo 5040 18 24(Veinticuatro) Secretario Ejecutivo 5040 16 37(Treinta Y Siete) Secretario Ejecutivo 5040 14 1(Uno) Secretario Ejecutivo 5040 13 17(Diecisiete) Secretario Ejecutivo 5040 12 1(Uno) Secretario Ejecutivo 5040 11 1(Uno) Secretario 5140 10 1(Uno) Auxiliar Administrativo 5120 14 33(Treinta Y Tres) Auxiliar Administrativo 5120 13 3(Tres) Auxiliar Administrativo 5120 12 11(Once) Auxiliar Administrativo 5120 11 3(Tres) Auxiliar Administrativo 5120 9 35(Treinta Y Cinco) Conductor Mecánico 5310 15 4(Cuatro) Conductor Mecánico 5310 11 2(Dos) Conductor Mecánico 5310 9 18(Dieciocho) Auxiliar De Servicios Generales 5335 11 13(Trece) Auxiliar De Servicios Generales 5335 9 3(Tres) Operario Calificado 5300 11 Planta Global Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta Empleos Cargo Codigo Grado 1(Uno) Director Clínica 2010 15 5(Cinco) Profesional Especializado 3010 14 5(Cinco) Profesional Especializado 3010 15 7(Siete) Profesional Universitario 3020 9 3(Tres) Técnico Administrativo 4065 11 2(Dos) Técnico Administrativo 4065 12 1(Uno) Asistente Administrativo 4140 10 1(Uno) Asistente Administrativo 4140 12 1(Uno) Secretario Ejecutivo 5040 12 1(Uno) Secretario Ejecutivo 5040 14 5(Cinco) Auxiliar Administrativo 5120 12 1(Uno) Auxiliar Administrativo 5120 13 1(Uno) Conductor Mecánico 5310 15 5(Cinco) Auxiliar Servicios Generales 5335 11 4(Cuatro) Auxiliar Servicios Generales 5335 9 10(Diez) Enfermero Auxiliar 5345 11 Parágrafo 1º

º Las funciones propias de las distintas dependencias del Ministerio de Salud serán desarrolladas por la planta de personal que a continuación se adopta: DESPACHO DEL MINISTRO EMPLEOS CARGO CODIGO GRADO 1(Uno) Ministro 5 1(Uno) Asesor 1020 10 1(Uno) Asesor 1020 12 1(Uno) Profesional Universitario 3020 5 1(Uno) Técnico Administrativo 4065 11 2(Dos) Secretario Ejecutivo 5040 18 1(Uno) Secretario Ejecutivo del Despacho del Ministro 5230 25 1(Tres) Conductor Mecánico 5310 15 DESPACHO DEL VICEMINISTRO EMPLEOS CARGO CODIGO GRADO 1(Uno) Viceministro 20 2(Dos) Asesor 1020 8 2(Dos) Jefe de Programa 2084 24 1(Uno) Secretario Ejecutivo 5040 16 1(Uno) Secretario Ejecutivo 5040 21 1(Uno) Auxiliar Administrativo 5120 11 1(Uno) Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro 5240 24 2(Dos) Conductor Mecánico 5310 15 1(Uno) Auxiliar de Servicios Generales 5335 11 PLANTA GLOBAL EMPLEOS CARGO CODIGO GRADO 1(Uno) Secretario General del Ministerio 35 22 6(Seis) Director Técnico de Ministerio 100 20 1(Uno) Director Administrativo de Ministerio 100 19 7(Siete) Director Técnico de Ministerio 100 18 16(Dieciséis) Subdirector Técnico de Ministerio 150 14 1(Uno) Asesor 1020 7 9(Nueve) Asesor 1020 6 28(Veintiocho) Asesor 1020 5 1(Uno) Director de Unidad Administrativa Especial 2025 22 10 (Diez) Jefe de División 2040 20 4(Cuatro) Jefe de Oficina 2045 23 3(Tres) Jefe de Oficina 2045 25 34(Treinta y cuatro) Jefe de Programa 2084 21 2(Dos) Jefe de Programa 2084 24 8(Ocho) Profesional Especializado 3010 18 37 (Treinta y siete) Profesional Especializado 3010 16 72(Setenta y dos) Profesional Especializado 3010 15 63(Sesenta y tres) Profesional Especializado 3010 14 1(Uno) Profesional Especializado 3010 13 1(Uno) Profesional Especializado 3010 12 76(Setenta y seis) Profesional Universitario 3020 9 3(Tres) Profesional Universitario 3020 8 1(Uno) Profesional Universitario 3020 5 1(Uno) Secretario Privado 3035 17 33(Treinta y tres) Tecnólogo 4165 16 7(Siete) Asistente Administrativo 4140 16 3(Tres) Asistente Administrativo 4140 12 1(Uno) Asistente Administrativo 4140 10 24(Veinticuatro) Técnico Administrativo 4065 12 18(Dieciocho) Técnico Administrativo 4065 11 2(Dos) Técnico Administrativo 4065 9 2(Dos) Técnico Administrativo 4065 7 3(Tres) Técnico en Telecomunicaciones 4030 14 1(Uno) Técnico Operativo 4080 12 2(Dos) Técnico Operativo 4080 11 6(Seis) Secretario Ejecutivo 5040 21 26(veintiséis) Secretario Ejecutivo 5040 18 24(Veinticuatro) Secretario Ejecutivo 5040 16 37(Treinta y siete) Secretario Ejecutivo 5040 14 1(Uno) Secretario Ejecutivo 5040 13 17(Diecisiete) Secretario Ejecutivo 5040 12 1(Uno) Secretario Ejecutivo 5040 11 1(Uno) Secretario 5140 10 1(Uno) Auxiliar Administrativo 5120 14 33(Treinta y tres) Auxiliar Administrativo 5120 13 3(Tres) Auxiliar Administrativo 5120 12 11(Once) Auxiliar Administrativo 5120 11 3(Tres) Auxiliar Administrativo 5120 9 35(treinta y cinco) Conductor Mecánico 5310 15 4(Cuatro) Conductor Mecánico 5310 11 2(Dos) Conductor Mecánico 5310 9 18(Dieciocho) Auxiliar de Servicios Generales 5335 11 13(Trece) Auxiliar de Servicios Generales 5335 9 3(Tres) Operario Calificado 5300 11 PLANTA GLOBAL Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta EMPLEOS CARGO CODIGO GRADO 1(Uno) Director Clínica 2010 15 5(Cinco) Profesional Especializado 3010 14 5(Cinco) Profesional Especializado 3010 15 7(Siete) Profesional Universitario 3020 9 3(Tres) Técnico Administrativo 4065 11 2(Dos) Técnico Administrativo 4065 12 1(Uno) Asistente Administrativo 4140 10 1(Uno) Asistente Administrativo 4140 12 1(Uno) Secretario Ejecutivo 5040 12 1(Uno) Secretario Ejecutivo 5040 14 5(Cinco) Auxiliar Administrativo 5120 12 1(Uno) Auxiliar Administrativo 5120 13 1(Uno) Conductor Mecánico 5310 15 5(Cinco) Auxiliar Servicios Generales 5335 11 4(Cuatro) Auxiliar Servicios Generales 5335 9 10(Diez) Enfermero Auxiliar 5345 11

Parágrafo 1

La planta de personal de la Unidad Administrativa Especial-Fondo Nacional de Estupefacientes del Ministerio de Salud, será la establecida en el Decreto 1954 del 24 de septiembre de 1993.

Parágrafo 2

La Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial de Campañas Directas del Ministerio de Salud, será la establecida en el Decreto 1954 del 24 de septiembre de 1993 modificada por los Decretos 2666 y 2667 del 29 de diciembre de 1993 y por el Decreto 1382 del 30 de junio de 1994.

Artículo 2º

º . Suprímense el 1º de enero de 1995 los siguientes cargos de la planta de personal de que trata el artículo 1º. Del presente Decreto. EMPLEOS CARGO CODIGO GRADO 2(Dos) Jefe de División 2040 20 2(Dos) Profesional Especializado 3010 14 2(Dos) Profesional Especializado 3010 15 6(Seis) Profesional Especializado 3020 9 2(Dos) Secretario Ejecutivo 5040 14 1(Uno) Secretario Ejecutivo 5040 16

Parágrafo

Los funcionarios asignados a los cargos de que trata el presente artículo serán vinculados, sin solución de continuidad, al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -Invima-.

Artículo 3º

º . El Ministro de Salud, mediante acto administrativo distribuirá los cargos de la planta global y ubicará a los funcionarios de conformidad con la estructura, la naturaleza de las funciones, las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.

Artículo 4º

º . Los funcionarios que sean incorporados como consecuencia de la reestructuración del Ministerio de Salud devengaran el salario que les correspondía en la anterior planta de personal hasta el día que tomen posesión del cargo en la nueva planta que se adopta en el artículo 1º del presente Decreto.

Parágrafo

Las incorporaciones a la planta de personal, así como la posesión en el nuevo cargo deberán realizarse en el término de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de publicación del presente Decreto.

Artículo 5º

º . La provisión de los cargos de la planta de personal fijada por el presente Decreto, esta sujeta a las apropiaciones presupuestales vigentes.

Artículo 6º

º . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 1954 del 24 de septiembre de 1993, con excepción de la planta de personal prevista para las Unidades Administrativas Especiales Fondo Nacional de Estupefacientes y Campañas Directas, respectivamente, de que tratan los

Parágrafo

s 1º. y 2º. del artículo 1º del presente Decreto. Publíque se y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 3 días del mes de agosto de 1994. CESAR GAVIRIA TRUJILLO Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Héctor José Cadena Clavijo. El Ministro de Salud, Juan Luis Londoño de la Cuesta. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Eduardo González Montoya.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 de artículo 189 de las Constitución Política y del Decreto 1292 del 22 de junio de 1994 Publíque se y cúmplase
Presidente de la República
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública