Micelio

decreto 2296 de 1954

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Artículo 1Autorízase Al Señor Alcalde De Cúcuta Para Enajenar A Título De Venta El Inmueble De Propiedad Del Municipio De Cúcuta, Cuyo Alinderamiento Es El Siguiente: Por El Norte: Extensión 54 Metros Con 51 Centímetros, Propiedad Del Municipio (Futura Calle 11-A); Por El Sur: Extensión 53 Metros Con 49 Centímetros, Con La Calle 12; Por El Oriente: 40 Metros, Propiedad Del Señor Fernando Seguin; Y Por El Occidente: 40 Metros, Con La Avenida 7 A

° Autorízase al señor Alcalde de Cúcuta para enajenar a título de venta el inmueble de propiedad del Municipio de Cúcuta, Cuyo alinderamiento es el siguiente: por el Norte: extensión 54 metros con 51 centímetros, propiedad del Municipio (futura calle 11-a); por el Sur: extensión 53 metros con 49 centímetros, con la calle 12; por el Oriente: 40 metros, propiedad del señor Fernando Seguin; y por el Occidente: 40 metros, con la Avenida 7 a .

Artículo 2El Producto De La Enajenación Autorizada Por El Presente Decreto, Se Destinará, Exclusivamente A La Construcción Del Edificio San José, En La Ciudad De Cúcuta

° El producto de la enajenación autorizada por el presente Decreto, se destinará, exclusivamente a la construcción del edificio San José, en la ciudad de Cúcuta.

Artículo 3Los Contratos De Compraventa Que Se Celebren En Virtud De La Autorización Prescrita Por El Presente Decreto, No Requerirán La Posterior Aprobación Del Gobierno Nacional, Pero Se Sujetarán A Las Disposiciones Del Código Fiscal Del Departamento Del Norte De Santander

° Los contratos de compraventa que se celebren en virtud de la autorización prescrita por el presente Decreto, no requerirán la posterior aprobación del Gobierno Nacional, pero se sujetarán a las disposiciones del Código Fiscal del Departamento del Norte de Santander.

Artículo 4El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuniquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia, encargado del Ministerio de Minas y Petróleos
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra, encargado del Ministerio de Comunicaciones
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo, encargado del Ministerio de Educación
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Obras Públicas