en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial de las que le confiere el artículo 211 de la Constitución y el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 y en desarrollo del Decreto 1685 de 1991
Artículo 1º
º. Delégase en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad de celebrar, en nombre de la Nación, el contrato de empréstito externo con el Banco Interamericano de Desarrollo -BID- por la suma de US$140.0 millones, destinados a financiar el Programa Nacional de Adecuación de Tierras.
Artículo 2º
º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquesey cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 14 de marzo de 1996. ERNESTO SAMPER PIZANO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, José Antonio Vargas Lleras.