En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que por terminación del contrato celebrado con Frederick Snare Corporation para la construcción y explotación del Puerto Terminal Marítimo y Fluvial de Cartagena, el Gobierno se encargará próximamente de administrar directamente dicho puerto para recibir el cual se ha designado la junta respectiva
Considerando · 2 motivos
Que por terminación del contrato celebrado con Frederick Snare Corporation para la construcción y explotación del Puerto Terminal Marítimo y Fluvial de Cartagena, el Gobierno se encargará próximamente de administrar directamente dicho puerto para recibir el cual se ha designado la junta respectiva;
Que para organizar por cuenta del Gobierno la explotación del expresado puerto, se hace necesario la designación de un Administrador que intervenga en las diligencias de recibo y estudie las bases para su administración y explotación;
Artículo 1Créase, Dependiente Del Ministerio De Obras Públicas, El Cargo De Administrador General Del Puerto Terminal Marítimo Y Fluvial De Cartagena, Con Una Asignación Mensual De $ 1
º Créase, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, el cargo de Administrador General del Puerto Terminal Marítimo y Fluvial de Cartagena, con una asignación mensual de $ 1.120m que se cubrirá con la partida destinada para gastos de su administración y explotación, funcionario que deberá otorgar, antes de posesionarse, la fianza que le señale la Contraloría General de la República.
Artículo 2El Administrador Del Terminal De Cartagena Será Un Ingeniero Graduado, Con Experiencia En Los Asuntos De Navegación Y Explotación De Puertos, Y Tendrá Las Siguientes Funciones Principales: A) Dirigir Y Supervigilar La Administración Y Explotación Del Terminal; B) Coordinar La Administración Del Terminal Con Los Servicios Fluviales, Férreos Y De Aduana; C) Disponer Lo Necesario Para Obtener La Mejor Eficiencia Y Rapidez En Todas Las Operaciones Portuarias; D) Impartir Las Ordenes Del Caso Para El Adecuado Almacenamiento De Los Cargamentos Y Para Que Se Cumpla La Reglamentación Sobre Bodegaje; E) Ejercer El Control Necesario Para Que Oportunamente Se Obtenga El Pago De Los Servicios Portuarios; F) Elaborar El Reglamento Interno Del Terminal Y Someterlo A La Aprobación Del Ministerio De Obras Públicas; G) Atender A La Conservación De Los Edificios Y Equipos Del Puerto; H) Elaborar Mensualmente Y Con La Anticipación Debida El Presupuesto De Gastos Para El Funcionamiento Del Terminal; I) Rendir Todos Los Informes Que Le Solicite El Ministerio De Obras Públicas Y Proponer Todo Lo Que Considere Conveniente Para La Mejor Administración Y Explotación Del Puerto; J) Nombrar Y Remover El Personal De Trabajadores A Jornal Y Fijar Sus Salarios De Acuerdo Con Los Fijados Para La Explotación Del Puerto Terminal Marítimo Y Fluvial De Barranquilla; K) Desempeñar Las Demás Funciones Que Le Señalen Las Leyes O El Gobierno
º El Administrador del Terminal de Cartagena será un Ingeniero graduado, con experiencia en los asuntos de navegación y explotación de puertos, y tendrá las siguientes funciones principales
Dirigir y supervigilar la administración y explotación del Terminal;
Coordinar la administración del Terminal con los servicios fluviales, férreos y de aduana;
Disponer lo necesario para obtener la mejor eficiencia y rapidez en todas las operaciones portuarias; d) impartir las ordenes del caso para el adecuado almacenamiento de los cargamentos y para que se cumpla la reglamentación sobre bodegaje; e) Ejercer el control necesario para que oportunamente se obtenga el pago de los servicios portuarios; f) Elaborar el reglamento interno del Terminal y someterlo a la aprobación del Ministerio de Obras Públicas; g) Atender a la conservación de los edificios y equipos del puerto; h) Elaborar mensualmente y con la anticipación debida el presupuesto de gastos para el funcionamiento del Terminal; i) Rendir todos los informes que le solicite el Ministerio de Obras Públicas y proponer todo lo que considere conveniente para la mejor administración y explotación del puerto; j) Nombrar y remover el personal de trabajadores a jornal y fijar sus salarios de acuerdo con los fijados para la explotación del Puerto Terminal Marítimo y Fluvial de Barranquilla; k) Desempeñar las demás funciones que le señalen las leyes o el Gobierno.
Artículo 3El Administrador General Del Terminal Marítimo Y Fluvial De Cartagena Entrará A Ejercer Sus Funciones Inmediatamente Después De Que Tome Posesión De Su Cargo, Debiendo Proponer Al Ministerio De Obras Públicas La Creación De Los Empleados De Nomina Que Estime Necesarios Para La Administración Y Explotación Del Puerto
º El Administrador General del Terminal Marítimo y Fluvial de Cartagena entrará a ejercer sus funciones inmediatamente después de que tome posesión de su cargo, debiendo proponer al Ministerio de Obras Públicas la creación de los empleados de nomina que estime necesarios para la administración y explotación del puerto.
Artículo 4Para Desempeñar El Cargo De Administrador General Del Terminal Marítimo Y Fluvial De Cartagena Que Se Crea Por Este Decreto, Designase Al Señor Ingeniero Guillermo Forero
º Para desempeñar el cargo de Administrador General del Terminal Marítimo y fluvial de Cartagena que se crea por este Decreto, designase al señor Ingeniero Guillermo Forero.
Artículo 5Créase Igualmente El Cargo De Almacenista Del Terminal Marítimo De Cartagena Con La Asignación De $ 454
º Créase igualmente el cargo de Almacenista del Terminal Marítimo de Cartagena con la asignación de $ 454.50 mensuales, Dicho funcionario deberá otorgar, antes de posesionarse, la fianza que le señale la Contraloría General de la República. Comuníquese y publíquese.