Artículo 1Autorizase Al Fondo De Promoción De Exportaciones (Proexpo), A La Compañía De Fomento Cinematográ Fico (Focine) Y A La Empresa Nacional De Telecomunicaciones (Telecom), Para Que, Previo El Cumplimiento De Sus Estatutos Y Reglamentos Internos, Y A La Aprobación Por Parte De Su Junta Directiva, Realicen Aportes Al Capital De Pro-Cultura Sociedad Anónima, Hasta Por La Suma De Cinco Millones De Pesos ($ 5
º Autorizase al Fondo de Promoción de Exportaciones (Proexpo), a la Compañía de Fomento Cinematográ fico (Focine) y a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Telecom), Para que, previo el cumplimiento de sus estatutos y reglamentos internos, y a la aprobación por parte de su Junta Directiva, realicen aportes al capital de Pro-cultura Sociedad Anónima, hasta por la suma de cinco millones de pesos ($ 5.000.000) cada una.
Artículo 2Para La Negociación De Acciones De La Empresa Colombia De Producción Y Distribución De Bienes Culturales, Sociedad Anónima (Pro-Cultura S
º Para la negociación de acciones de la Empresa Colombia de Producción y Distribución de Bienes Culturales, Sociedad Anónima (Pro-cultura S. A.), de propiedad de entidades o personas de derecho privado, no existirá el derecho de preferencia que en beneficio de la Nación y sus entidades descentralizadas establece el artículo decimo del Decreto 141 de 1976.
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.