Micelio

decreto 341 de 1947

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Artículo 1Sepáranse Las Secciones De Clasificación De Embarcaciones Y De Equipo Fluvial Las Cuales Funcionarán Desde El 1º De Febrero De Este Año Con El Personal Y Asignaciones Mensuales Siguientes: Equipo Fluvial Un Ingeniero Jefe $ 635

º Sepáranse las Secciones de Clasificación de Embarcaciones y de Equipo Fluvial las cuales funcionarán desde el 1º de febrero de este año con el personal y asignaciones mensuales siguientes: Equipo Fluvial Un Ingeniero Jefe $ 635.00 Un Inspector de Equipo 300.00 300.00 Clasificación de Embarcaciones. Un Ingeniero Jefe 560.00 Cuatro Inspectores Técnicos, cada uno $ 295 1.180.00 Un Ayudante de Inspector Técnico 180.00

Artículo 2Derogase El Decreto 543 De 1944

º Derogase el Decreto 543 de 1944. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas