Micelio

decreto 940 de 1933

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades, legales

Artículo 1Su Primease Los Siguientes Puestos En La Policía Nacional, Desde El 16 De Los Corrientes: Secretario De La 4none División

° Su primease los siguientes puestos en la Policía Nacional, desde el 16 de los corrientes: Secretario de la 4none División. $ 60 Cuidandero del ganado de la División de Carabineros 48 Total $ 108

Artículo 2Créanse Los Puestos De Dos Enfermeras Para La Sala Cuna Del Palacio De La Policía, A $ 25 Mensuales Cada Una $ 50 Y Aumentase En $ 20 El Sueldo Mensual Del Secretario De La 3none División 20 70 Saldo A- Favor Del Tesoro $ 38 Comuníquese, Y Publíquese

° Créanse los puestos de dos Enfermeras para la Sala Cuna del Palacio de la Policía, a $ 25 mensuales cada una $ 50 y aumentase en $ 20 el sueldo mensual del Secretario de la 3none División 20 70 Saldo a- favor del Tesoro $ 38 Comuníquese, y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno