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decreto 2395 de 2015

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 54 y 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1, 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015

Considerando · 2 motivos

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1, 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar la planta de personal, el cual emitió concepto técnico favorable.

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó viabilidad presupuestal;

Artículo 1Créanse En La Planta De Personal Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Los Siguientes Cargos: N°

°. Créanse en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los siguientes cargos: N°. de Cargos Dependencia y Empleo Código Grado DESPACHO DEL MINISTRO 1 (uno) Asesor 1020 15 1 (uno) Asesor 1020 13 4 (cuatro) Asesor 1020 10 2 (dos) Asesor 1020 06 5 (cinco) Asesor 1020 05 1 (uno) Asesor 1020 03 4 (cuatro) Asesor 1020 02 1 (uno) Asesor 1020 01 2 (dos) Secretario Ejecutivo del Despacho de Ministro 4212 26 PLANTA GLOBAL 1 (uno) Director Técnico 0100 22 1 (uno) Profesional Especializado 2028 12

Artículo 2Suprímase En La Planta De Personal Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Los Siguientes Cargos: N°

°. Suprímase en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los siguientes cargos: N°. de Cargos Dependencia y Empleo Código Grado DESPACHO DEL MINISTRO 1 (uno) Asesor 1020 06 PLANTA GLOBAL 1 (uno) Subdirector Técnico 0150 20 1 (uno) Asesor 1020 10 2 (dos) Asesor 1020 07 1 (uno) Asesor 1020 05 1 (uno) Asesor 1020 04 1 (uno) Asesor 1020 03 1 (uno) Asesor 1020 01 1 (uno) Profesional Universitario 2044 11 1 (uno) Profesional Universitario 2044 09 1 (uno) Técnico Administrativo 3124 18 1 (uno) Técnico Administrativo 3124 16 1 (uno) Técnico Administrativo 3124 15 1 (uno) Auxiliar Administrativo 4044 18 1 (uno) Secretario Ejecutivo 4210 19 1 (uno) Secretario Ejecutivo 4210 18 1 (uno) Secretario Ejecutivo 4210 16

Artículo 3El Ministro De Hacienda Y Crédito Público Distribuirá Los Cargos A Que Se Refieren En El Artículo 1° Del Presente Decreto, Mediante Acto Administrativo Y Ubicará Al Personal Teniendo En Cuenta La Organización Interna, Las Necesidades Del Servicio Y Los Planes Y Programas De La Entidad

°. El Ministro de Hacienda y Crédito Público distribuirá los cargos a que se refieren en el artículo 1° del presente Decreto, mediante acto administrativo y ubicará al personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.

Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente Al Decreto 247 De 2004, Y Demás Normas Que Regulan La Misma Materia Y Le Sean Contrarias

°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente al Decreto 247 de 2004, y demás normas que regulan la misma materia y le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública