El Presidente de la República de Colombia
en uso de las facultades que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitución Política
Artículo 1Crear Los Siguientes Cargos En La Planta De Personal Del Centro De Información Y Sistemas Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público
º Crear los siguientes cargos en la Planta de Personal del Centro de Información y Sistemas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Nº DE CARGOS DEPENDENCIA Y DENOMINACION EMPLEO CODIGO GRADO DESPACHO DEL DIRECTOR 1 Asesor 1020 03 1 Profesional Universitario 3020 03 SECCION EQUIPO ELECTRONICO 1 Auxiliar de Técnico 4110 06 División Sistemas y Programación Sección Apoyo Investigación y Desarrollo 1 Programador de Sistemas 4060 07
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquesey cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitución Política Publíquesey cúmplase
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil