Micelio

decreto 491 de 2000

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto 138 del 20 de enero de 1998, se aprobó el Acuerdo 008 del 17 de diciembre de 1997, emanado del Consejo Directivo del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, que establece la Planta de Personal

Considerando · 3 motivos

Que mediante el Decreto 138 del 20 de enero de 1998, se aprobó el Acuerdo 008 del 17 de diciembre de 1997, emanado del Consejo Directivo del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, que establece la Planta de Personal;

Que en el artículo 3º del Acuerdo 008 del 17 de diciembre de 1997, por medio del cual se establece la Planta Global del Fondo Nacional de Caminos Vecinales aparecen textualmente dos (2) cargos de Asesor código 1020 grado 09, mientras que en el contenido del acuerdo trascrito en el citado Decreto 138 del 20 de enero de 1998, reza: "2 (uno)" cargo de Asesor código 1020 grado 09, presentándose un ostensible error de Transcripción;

Que en consecuencia se hace necesario aclarar el error de Transcripción del Acuerdo número 008 de 1997 en el Decreto 138 del 20 de enero de 1998;

Artículo 1

º . Aclárase el artículo 3º del Decreto 138 del 20 de enero de 1998, en el sentido de que el número correcto de cargos de Asesor código 1020, grado 09, que fueron establecidos en el artículo 3º del Acuerdo 008 de 1997, es "2 (dos)" y no "2 (uno)" como aparece en la Transcripción efectuada en el precitado decreto aprobatorio del mismo.

Artículo 2

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Transporte
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública