Micelio

decreto 341 de 1921

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El Presidente de la República de Colombia
Considerando · 1 motivo

Que el artículo I.º del Decreto número 1602, de 19 de agosto de 1920, exige la presentación previa del diploma de Bachiller para que un estudiante pueda ser matriculado en un colegio dental, ha dado en la practica resultados negativos, por que muchos jóvenes deseosos de cursar en Odontología y con suficiente preparación para ello no han podido hacerlo por no estar vistos del referido diploma;

Artículo 1

Quedan en todo su vigor las demás disposiciones del decreto número 1602, de 19 de agosto de 1920, y se encarga de velar por su estricto cumplimiento al señor Inspector de Instrucción Pública Secundaria y Profesional de Bogotá. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción Pública