Micelio

decreto 10 de 1918

6 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades, y CONSIDERANDO: Que es conveniente dar mayor seriedad y extensión a los estudios de Odontología

Considerando · 1 motivo

Que es conveniente dar mayor seriedad y extensión a los estudios de Odontología;

Artículo 1Para Ser Matriculado En Un Instituto Odontológico Se Necesita La Presentación Previa Del Diploma De Bachiller

º Para ser matriculado en un instituto odontológico se necesita la presentación previa del diploma de Bachiller.

Artículo 2El Plan De Estudios De Estos Planteles Será El Siguiente: Primer Año Física, Química Y Metalurgia Prótesis Dental (Primer Curso) Operatoria Y Cirugía Dentales (Primer Curso) Anatomía E Histología De Los Dientes Y Bacteriología

º El plan de estudios de estos planteles será el siguiente: Primer año Física, Química y Metalurgia Prótesis dental (primer curso) Operatoria y Cirugía dentales (primer curso) Anatomía e Histología de los dientes y Bacteriología. Clínica de Prótesis, Patología y Cirugía orales (primer curso) Segundo año Nociones de Anatomía general y Anatomía y Cirugía orales. Operatoria y Cirugía dentales (segundo curso). Patología general dental (primer curso). Prótesis dental y Metalurgia (segundo curso). Clínica de Prótesis, Patología y Cirugía orales. Tercer año Materia médica y Terapéutica. Patología o Estomatología dental (segundo curso). Fisiología e Higiene. Ortodoncia. Clínica de Prótesis, Patología, Ortodoncia y Cirugía orales. Cuarto año Medicina legal. Anestesia general (práctico). Jurisprudencia dental. Radiografía Clínica, en todos los ramos de la Odontología.

Artículo 3En El Ministerio De Instrucción Pública Se Registrarán Los Diplomas Que Expidan Los Colegios Dentales, En Vista De Los Certificados De Matrícula En Que Conste Que El Alumno Ha Cursado Todas Las Materias Que Se Enumeran En El Artículo Anterior

º En el Ministerio de Instrucción Pública se registrarán los diplomas que expidan los colegios dentales, en vista de los certificados de matrícula en que conste que el alumno ha cursado todas las materias que se enumeran en el artículo anterior.

Artículo 4Es Condición Indispensable Para La Diligencia De Registro Que El Colegio Que Expida El Diploma, Publique Los Programas De Enseñanza De Cada Una De Las Materias Que Constituyen El Plan De Estudios Enumerado

º Es condición indispensable para la diligencia de registro que el colegio que expida el diploma, publique los programas de enseñanza de cada una de las materias que constituyen el plan de estudios enumerado.

Artículo 5Este Decreto Regirá Desde El Presente Año; Pero No Para Los Alumnos Que Ya Hayan Sido Matriculados En Algún Instituto Dental

º Este Decreto regirá desde el presente año; pero no para los alumnos que ya hayan sido matriculados en algún instituto dental.

Artículo 6Quedan Derogadas Las Demás Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto

Articulo 6º Quedan derogadas las demás disposiciones contrarias al presente Decreto. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario Encargado del Despacho