Micelio

decreto 1937 de 1994

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992

Artículo 1º

º. Suprímese en la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de los Estados Americanos. OEA, con sede en Washington, Estados Unidos de América, el cargo de Tercer Secretario, grado ocupacional 1 EX, con una asignación básica mensual de dos mil ochocientos ochenta y cinco dólares con 83/100 (US$2.885,83), creado mediante el Decreto número 1380 de fecha 30 de junio de 1994, actualmente vacante.

Artículo 2º

º. Créase en la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de los Estados Americanos, OEA, con sede en Washington, Estados Unidos de América, un cargo de primer secretario, grado ocupacional 3 EX, con una asignación básica mensual de tres mil ochocientos cuarenta y un dólares con 88/100 (US$3.841,88), y nómbrase provisionalmente para desempeñarlo al doctor Ramón Cote Baraibar.

Artículo 3º

º. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4º

º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 5 días del mes de agosto de 1994. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemí Sanín de Rubio. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia. en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992
La Ministra de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público