Artículo 1Incorpórase A Las Fuerzas Militares -Armada Nacional La Fragata A
°. Incorpórase a las Fuerzas Militares -Armada Nacional la fragata A. R. C. "Almirante Brión", que fue adquirida al Gobierno de los Estados Unidos de Norte América, de acuerdo con el contrato de traspaso de dicha unidad.
Artículo 2En Las Actas De Recepción De La Expresada Unidad, Se Dejará Constancia Del Material Recibido En Sus Diferentes Agrupaciones, Para Los Efectos Fiscales Y Administrativos
°. En las actas de recepción de la expresada unidad, se dejará constancia del material recibido en sus diferentes agrupaciones, para los efectos fiscales y administrativos.
Artículo 3De Conformidad Con Los Decretos Números 2617 De 1951 Y 117 De 1952, Destínase La Fragata A
°. De conformidad con los Decretos números 2617 de 1951 y 117 de 1952, destínase la fragata A. R. C. "Almirante Brión" al servicio de las Fuerzas Armadas de las Naciones Unidas, en las condiciones de que tratan las citadas disposiciones.
Artículo 4La Planta De Personal Para La Fragata A
°. La planta de personal para la fragata A. R. C. "Almirante Brión", será la señalada por el Decreto número 3296 de 1950, para buques de guerra de este tipo.
Artículo 5Las Destinaciones De Personal A Las Dotaciones Orgánicas De Que Trata El Artículo Precedente, Surtirán Sus Efectos Con Fecha Primero (1°) De Enero Del Presente Año
°. Las destinaciones de personal a las dotaciones orgánicas de que trata el artículo precedente, surtirán sus efectos con fecha primero (1°) de enero del presente año. Comuníquese y cúmplase.