Micelio

decreto 1092 de 1974

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de garantizar la, buena marcha de la Administración Pública, el normar cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito Que el Ministerio de Gobierno, por medio de la Resolución número 599 de 1974, dec

Considerando · 4 motivos

Que por medio del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de garantizar la, buena marcha de la Administración Pública, el normar cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que el Ministerio de Gobierno, por medio de la Resolución número 599 de 1974, declaró sobrante la cantidad de $ 483.400.00 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de que sea trasladada, para incrementar otra apropiación del mismo: Presupuesto;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 18 de 1974, por $ 483.400.00. para amparar el traslado presupuestar de que trata este Decreto, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto Ele Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1974

º Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto ele Gastos para la vigencia fiscal de 1974. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Contracrédito Ministerio de Gobierno Capítulo 103 Registraduría Nacional del Estado Civil Programa 104 Identificación de Menores Gastas Generales 106 116.219. Artículo 1068. Pago a Fotógrafo $ 483.400 Suma el contracrédito $ 483.400 CREDITO Ministerio de Gobierno Capítulo 103 Registraduría Nacional del Estado Civil Programa 104 Identificación de Mejores Gastos Generales 106.116.211. Artículo 1066. Materiales y suministros $ 483.400 Suma el crédito $ 483.400

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuniquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito. Público