Micelio

decreto 3 de 1990

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 120 de la Constitución Política, como suprema autoridad administrativa

Artículo 1Adiciónase El Artículo 2° Del Decreto 2824 Del 6 De Diciembre 1989 Con El Siguiente Literal: C) Los Retiros Y Nombramientos De Los Secretarios De Despacho De Las Gobernaciones Y De Jefes De Oficina, Así Como De Los Gerentes O Directores De Entidades Descentralizadas Departamentales Y De Los Jefes De Oficina De Las Mismas

° Adiciónase el artículo 2° del Decreto 2824 del 6 de diciembre 1989 con el siguiente literal: c) Los retiros y nombramientos de los Secretarios de Despacho de las Gobernaciones y de Jefes de Oficina, así como de los Gerentes o Directores de entidades descentralizadas departamentales y de los Jefes de Oficina de las mismas. Esta disposición se hace extensiva a las Intendencias y Comisarías.

Artículo 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 120 de la Constitución Política, como suprema autoridad administrativa
El Ministro de Gobierno
El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías