en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que por Resolución ejecutiva número 62 del presente año se dio por terminado el contrato celebrado entre, el Gobierno y el señor ingeniero Manuel I. Uribe Rosillo, sobre ejecución de las obras del Instituto "Isidro Parra" del Líbano, por administración delegada
Considerando · 3 motivos
Que por Resolución ejecutiva número 62 del presente año se dio por terminado el contrato celebrado entre, el Gobierno y el señor ingeniero Manuel I. Uribe Rosillo, sobre ejecución de las obras del Instituto "Isidro Parra" del Líbano, por administración delegada;
Que por tal motivo el Ministerio de Obras Públicas asumió la administración directa de dicha construcción, y;
Que las expresadas obras se han venido ejecutando en virtud de la facultad conferida al Gobierno por la Ley 69 de 1944;
Artículo 1
Artículo único. Créanse en las obras del Instituto "Isidro Parra", del Líbano, dependientes de la Zona de Edificios Nacionales del Tolima, los cargos de ingeniero de Construcción. Subalmacenista, y Maestro de Obra, con las asignaciones mensuales de $ 650, $ 270 y $ 280, respectivamente, las cuales se pagarán con los fondos apropiados en el Presupuesto vigente o con los que se voten en los próximos Presupuestos, para las mencionadas obras. Comuníquese y publíquese.