Micelio

decreto 2883 de 1960

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Artículo 1Crease El Cargo De Representante Permanente De Colombia Ante Los Organismos Especializados De Las Naciones Unidas Y Otras Entidades Internacionales Similares, Con Sede En Ginebra, Suiza

°. Crease el cargo de representante permanente de Colombia ante los Organismos Especializados de las Naciones Unidas y otras entidades internacionales similares, con sede en Ginebra, Suiza.

Artículo 2El Representante De Colombia Ante Los Referidos Organismos Tendrá Rango De Embajador Extraordinario Y Plenipotenciario, Y Disfrutará De Las Asignaciones Mensuales Siguientes: Sueldo, Mil Doscientos Pesos ($ 1

°. El Representante de Colombia ante los referidos Organismos tendrá rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, y disfrutará de las asignaciones mensuales siguientes: sueldo, mil doscientos pesos ($ 1.200.00); gastos de representación quinientos pesos ($ 500.00) gastos de arrendamiento de casa y oficinas y gastos de oficina setecientos cincuenta pesos ($ 750,00).

Artículo 3Créase El Cargo De Secretario De La Representación Permanente De Colombia A Que Se Refieren Los Artículos Anteriores, Y Señálesele Una Asignación De Setecientos Pesos ($ 700

°. Créase el cargo de Secretario de la Representación Permanente de Colombia a que se refieren los artículos anteriores, y señálesele una asignación de setecientos pesos ($ 700.00) mensuales.

Artículo 4El Personal De La Referida Representación Permanente Tendrá, Además De Las Funciones Inherentes A Dicha Representación, Las Relativas Al Desarrollo, De Los Programas Colombianos De Inmigración Que Deben Tramitarse Ante Los Organismos Internacionales Residentes En Ginebra

°. El personal de la referida Representación Permanente tendrá, además de las funciones inherentes a dicha Representación, las relativas al desarrollo, de los programas colombianos de inmigración que deben tramitarse ante los Organismos Internacionales residentes en Ginebra.

Artículo 5Suprímense Los Cargos De Delegado De Colombia Ante El Centro Europeo De Las Naciones Unidas Y De Consejero De La Embajada De Colombia En La República Dominicana, Así Como Las Partidas De Gastos De Representación Y Arrendamiento Asignadas Al Jefe De Dicha Misión Diplomática

°. Suprímense los cargos de Delegado de Colombia ante el Centro Europeo de las Naciones Unidas y de Consejero de la Embajada de Colombia en la República Dominicana, así como las partidas de gastos de representación y arrendamiento asignadas al Jefe de dicha Misión Diplomática.

Artículo 6Deróganse Los Artículos 1° Y 4° Del Decreto Número 2552 Del 4 De Noviembre De 1960

°. Deróganse los artículos 1° y 4° del Decreto número 2552 del 4 de noviembre de 1960. Comuníquese y publíquese.