Micelio

decreto 1936 de 1962

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que para la buena marcha de la Administración Pública y el cabal cumplimiento de las obligaciones del Gobierno, se requiere incrementar algunas apropiaciones del Presupuesto para la vigencia fiscal de 1962

Considerando · 4 motivos

Que para la buena marcha de la Administración Pública y el cabal cumplimiento de las obligaciones del Gobierno, se requiere incrementar algunas apropiaciones del Presupuesto para la vigencia fiscal de 1962;

Que el Contralor General de la República, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 y 1º de los Decretos legislativos números 0164 de 1950 y 1599 de 1953 ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 66 de julio 14 de 1962;

Que en armonía con lo dispuesto en el artículo 1º del citado Decreto legislativo número 1599 de 1953, las traslaciones de apropiaciones entre artículos de un mismo Capítulo del Presupuesto Nacional, o entre artículos de distintos Capítulos de un mismo Ministerio o Departamento Administrativo, no requieren la aprobación previa del Consejo de Ministros, y;

Que se han observado todas las normas legales requeridas para esta clase de negocios, según se deduce del expediente levantado al efecto;

Artículo 1Hácense Las Siguientes, Traslaciones En El Presupuesto De Gastos De Funcionamiento Para La Presente Vigencia: Presupuesto De Funcionamiento Departamento Administrativo De Servicios Generales

º Hácense las siguientes, traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la presente vigencia: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Departamento Administrativo de Servicios Generales. Contracréditos. CAPITULO 071 Programa III. Administración y Mantenimiento de Inmuebles Nacionales. Servicios personales. 101, 111. Artículo 0718 Sueldos del personal de nómina $ 56.736.67 102, 111. Artículo 0721. Prima de Navidad 1.240.00 Programa IV. Servicios Generales. Servicios personales. 101, 111. Artículo 0730. Sueldos del personal de nómina 139.045.12 102, 111. Artículo 0731. Prima de Navidad 10.560.00 Suman los contracréditos $ 207.581.79 Créditos. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO CAPITULO 071 Departamento Administrativo de Servicios Generales. Programa I. Administración del Departamento, Servicios personales. 101, 111. Artículo 0701. Sueldos del personal de nómina $ 46.150.00. 102, 111. Artículo ,0704. Prima de Navidad 3.720.00 Programa II. Compra y suministros de bienes. Servicios personales. 101, 111. Artículo 0710. Sueldos del personal de nómina 103.744.41. 102, 111. Artículo 0711. Prima de Navidad 15.120.00. Programa III. Administración y Mantenimiento de Inmuebles Nacionales. Gastos generales. 106, 111. Artículo 0728. Arrendamientos 38.847.38. Suman, los créditos $207.581.79

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Publicó