en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que, por medio del ordinal b) del artículo 56 de la. Ley 77 de 1966 y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno Nacional para hacer, mediante decreto, los traslados presupuéstales necesarios para la buena marcha de la administración pública y el nuevo plan de inversiones del Gobierno, sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto-ley número. 1675 de 1964
Considerando · 4 motivos
Que, por medio del ordinal b) del artículo 56 de la. Ley 77 de 1966 y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno Nacional para hacer, mediante decreto, los traslados presupuéstales necesarios para la buena marcha de la administración pública y el nuevo plan de inversiones del Gobierno, sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto-ley número. 1675 de 1964;
Que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística ha declarado sobrantes y disponibles, por medio de la Resolución número 611 de 1967, algunos saldos de su presupuesto de gastos, por no ser necesarios durante el resto de la vigencia, y, a la vez, solicitado que se trasladen para incrementar otras apropiaciones deficientes en el mismo presupuesto, por un total de $214.703.00;
Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República ha expedido el certificado de reserva y disponibilidad, número 23 de 19677 por un valor igual al que se trata de transferir, y;
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;
Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1967: Presupuesto De Funcionamiento Departamento Administrativo Nacional De Estadística
° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Departamento Administrativo Nacional de Estadística. Contracréditos, CAPITULO 031 Departamento Administrativo Nacional de Estadística. PROGRAMA 064 evaluación de estadísticas socio - culturales Servicios personales. 101, 115, 103. Artículo 0311. Sueldos del personal de nómina 17.902 PROGRAMA 065 Censos . Servicios personales. 101, 115, 103. Artículo 0314. Sueldos del personal de nómina 194.140 PROGRAMA 066 Información y publicaciones. Servicios personales. 101, -115, 103. Artículo 0317. Sueldos del personal de nómina 14.636 PROGRAMA 068 Servicios generales. Servicios personales. 101, 115, 103. Artículo 0324. Sueldos del personal de nómina 75.505 102, 115, 117. Artículo 0325. Prima de Navidad 2.520 Suman los contracréditos $214.703 Créditos. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Departamento Administrativo Nacional de Estadística. CAPITULO 031 Departamento Administrativo Nacional de Estadística. PROGRAMA 001 Administración del Departamento . Servicios personales. 102, 115, 117. Artículo 0303.Prima de Navidad 3200 PROGRAMA 062 Recolección de datos. Servicios personales. 102, 115, 127. Artículo 0306. Subsidio de transporte 9.200 PROGRAMA 063 Recolección y evaluación de estadísticas económico financieras. Servicios personales 102, 115, 127. Artículo 0310. Subsidio de transporte 2.806 PROGRAMA 064 Recolección y evaluación de estadísticas socio-culturales Servicios personales 102, 115, 127. Artículo 0310. Subsidio de transporte 1.346 PROGRAMA 065 Censos. Servicios personales; 102, 115, 127, Artículo 0316: Subsidio de transporte 6.988 PROGRAMA 066 Información y publicaciones. Servicios personales. 102, 115, 127, Artículo 0319: Subsidio de transporte 1.553 PROGRAMA 067 Tabulación. Servicios personales. 102, 115, 127. Artículo 0323. Subsidio de transporte 1.890 PROGRAMA 068 Servicios generales. Servicios personales. 102, 115, 127. Artículo 0326. Subsidio de transporte 2.720 Gastos generales. 105, 115, 201. Artículo 0327. Mantenimiento y aseguros 50.000 106, 115, 205. Artículo 0328. Servicios de comunicaciones 120.000 106, 115. 207. Artículo 0329. Servicios públicos 15.000 Suman los créditos $ 214.703
Artículo 2El Presente
° El presente. Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.