Artículo 1Declárase Monumento Nacional El Erigido En El Cerro De El Cangrejo Del Pantano De Vargas
º Declárase Monumento Nacional el erigido en el cerro de El Cangrejo del Pantano de Vargas.
Artículo 2Declárase Como Reserva Nacional El Terreno Situado Dentro De Un Perímetro De Un Kilómetro En Todas Direcciones, Contado A Partir De Dicho Monumento
º Declárase como reserva nacional el terreno situado dentro de un perímetro de un kilómetro en todas direcciones, contado a partir de dicho Monumento.
Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese y comuníquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional