Micelio

decreto 3439 de 1985

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1A Partir Del 1º De Diciembre De 1985, Suprímanse En El Servicio Exterior, Los Siguientes Cargos: Un (1) Vicecónsul Grado Ocupacional 1 Ex En El Consulado De Colombia En Fort Lauderdale - Estados Unidos De América, Con Una Asignación Básica Mensual De Us$ 1

º A partir del 1º de diciembre de 1985, suprímanse en el Servicio Exterior, los siguientes cargos: Un (1) Vicecónsul Grado Ocupacional 1 EX en el Consulado de Colombia en Fort Lauderdale - Estados Unidos de América, con una asignación básica mensual de US$ 1.630.00, ocupado por la señora María Clara, Ospina de Lora. Un (1) Auxiliar Administrativo 4 PA en el Consulado General de Colombia en Milán - Italia, con una asignación básica mensual de US$ 680.00, cargo vacante.

Artículo 2A Partir De La Misma Fecha, Créase El Cargo De Cónsul De Primera Clase, Grado Ocupacional 3 Ex En El Consulado De Colombia En Fort Lauderdale - Estados Unidos De América Y Nombrase Para Desempeñarlo A La Señora María Clara Ospina De Lora, Identificada Con La Cédula De Ciudadanía Número 41516709 De Bogotá

º A partir de la misma fecha, créase el cargo de Cónsul de Primera Clase, Grado Ocupacional 3 EX en el Consulado de Colombia en Fort Lauderdale - Estados Unidos de América y nombrase para desempeñarlo a la señora María Clara Ospina de Lora, identificada con la cédula de ciudadanía número 41516709 de Bogotá.

Artículo 3Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público