En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que la Aduana de Barranquilla ha sido ocupada por los revolucionarios de la ciudad del mismo nombre, y que es necesario prevenir cuanto antes los perjuicios que ese hecho pueda causar a la Nación en relación con las propiedades públicas y privadas.
Considerando · 1 motivo
Que la Aduana de Barranquilla ha sido ocupada por los revolucionarios de la ciudad del mismo nombre, y que es necesario prevenir cuanto antes los perjuicios que ese hecho pueda causar a la Nación en relación con las propiedades públicas y privadas.
Artículo 1Decláranse Cerrados Al Comercio Desde Esta Fecha Los Puertos De Barranquilla Y Puerto Colombia
º Decláranse cerrados al comercio desde esta fecha los puertos de Barranquilla y Puerto Colombia.
La clausura de estos durará por todo el tiempo de la ocupación de cualquiera de ellos por los rebeldes.
Artículo 2Los Buques Mercantes Que Traigan Carga Destinada A Esos Puertos Podrán Desembarcarla A Elección De Los Capitanes De Ellos, En El Puerto De Cartagena O En El De Santa Marta
º Los buques mercantes que traigan carga destinada a esos puertos podrán desembarcarla a elección de los Capitanes de ellos, en el puerto de Cartagena o en el de Santa Marta.
Artículo 3Comuníquese Por Telegrama Este Decreto A Los Gobernadores De Los Departamentos De Cartagena Y Santa Marta, A Fin De Que Los Pongan En Conocimiento De Los Buques Mercantes, De Los Cónsules Y Del Comercio Publíquese
º Comuníquese por telegrama este Decreto a los Gobernadores de los Departamentos de Cartagena y Santa Marta, a fin de que los pongan en conocimiento de los buques mercantes, de los Cónsules y del comercio Publíquese.