Micelio

decreto 1247 de 1967

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo primero. El Jefe del Departamento administrativo de Planeación o un delegado suyo, formará parte del Comité para el estudio de los problemas de Desarrollo Urbano creado por el Decreto número 821 de 1967.

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales